Teoría y práctica///
Obras y controles
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Mientras en la ciudad avanza la construcción de obras públicas y privadas, el Concejo Municipal readecua ordenanzas y pide al Ejecutivo que garantice los controles. Aunque por lo general reina la falta de cuidados, en el extremo sur de la peatonal, el obrador del Paseo San Martín Sur, aparece como un ejemplo a imitar en cuanto a orden y medidas de seguridad.

El acelerado crecimiento de inversiones privadas en la construcción de edificios, así como la obra pública, provocan no pocos inconvenientes en el funcionamiento diario de la ciudad. Para una convivencia pacífica entre quienes trabajan en esos emprendimientos y los ciudadanos de a pie aparece el Estado como baluarte de la armonía. Pero, ¿qué ocurre cuando los controles son insuficientes, vulnerados, o inexistentes?

Recientemente, el Concejo Municipal debió sancionar dos resoluciones que atañen a la responsabilidad del Ejecutivo como último eslabón de los controles. Piden el cumplimiento de dos ordenanzas que están en plena vigencia, una, desde noviembre de 1999, y la otra, a partir de diciembre de 2006. Ambas, de real importancia para el ordenamiento urbano.>

La más antigua es la ordenanza N° 10.519, que atañe a la obra pública y se refiere a "trabajos que afecten u ocupen" espacios de uso común, como veredas y calles.>

La ordenanza N° 11.378, de reciente aprobación, es la que exige a los constructores privados los "certificados de factibilidad en la capacidad de las prestaciones de los servicios esenciales existentes" (sanitarios, eléctricos, provisión de gas y municipales).>

La norma debería ser aplicada en casos de edificios residenciales de más de diez unidades habitacionales, ya sean destinados a viviendas u oficinas, y busca evitar que las obras impacten sobre los servicios de los vecinos de la cuadra y del barrio.>

Desorden interno

Para Amaro Busatto, presidente del Colegio de Arquitectos, "no está mal que se ordene el cumplimiento de las normas", aunque planteó una opinión crítica del ejercicio de la gestión pública (ver Estructura perimida).

En el caso de los certificados de factibilidad, deberían ser "las empresas que proveen los servicios de agua, luz y gas las que brinden la infraestructura para que se pueda construir".>

Si bien no cuestionó totalmente la ordenanza, aseguró que "invierte la carga de la prueba" para los profesionales, y halló el problema en la falta de un plan urbano actualizado. Además, "es mucho peor que se haya extendido la ciudad hacia el norte, donde tampoco hay servicios, y también se margina a la población", al reubicarla en lugares inapropiados.>

Como titular del Colegio de Arquitectos, Busatto recordó que constantemente están pidiendo participación en los proyectos de la ciudad, "pero por lo general se toman decisiones políticas sin consultar".>

Sobre el resto de los controles, Busatto reconoció que deben exigirse, porque "cuando alguien construye no puede poner en riesgo al público". Claro que, "siempre dentro de cierta lógica, para que la obra se pueda ejecutar".>

Faltas comunes

En cuanto a la aplicación de la ordenanza N° 10.519, el concejal de la UCR Encuentro, Leonardo Simoniello, se refirió a siete puntos que hacen a las faltas más comunes, "perjudicando a terceros y, por último, al municipio", que debe cargar con las reparaciones deficientes.

"Es frecuente observar que se producen interrupciones en el tránsito vehicular sin la señalización previa prevista" -a 200 metros-, manifestó el legislador municipal. Además, enumeró "el avance sobre las veredas, la falta de una adecuada limpieza de la zona de trabajos y la escasa señalización". Las irregularidades de las empresas ejecutoras van en desmedro de la seguridad, y aumentan los riesgos de accidentes, ya sea para los obreros como para los particulares.>

En los fundamentos de la resolución aprobada por el Concejo, los autores de la norma (Simoniello-Henn) hicieron notar "la deficiente ejecución de los cortes de pavimentos para la posterior excavación de zanjas", así como lo concerniente al "encajonamiento de la tierra proveniente de las excavaciones que, en numerosos casos, se ha reemplazado por grandes bolsas que no cumplen la función establecida".>

La compactación de suelos también aparece como un punto álgido de discusión, porque "tal como ocurre con la rotura de pavimentos, también deja sus huellas en las veredas", lo cual genera el descontento de los frentistas.>

Estructura perimida

El arquitecto Busatto desnudó falencias en el funcionamiento interno de la Municipalidad, en la repartición a cargo de los controles, y la catalogó de "caótica y burocrática".

La Dirección de Edificaciones Privadas "es bastante caótica porque tiene una estructura perimida", desactualizada en relación con las demandas de la ciudad. Además, "no hay personal especializado", y hace que su funcionamiento "no sea operativo y ágil a la gestión profesional y a la construcción en sí". A pesar de ello reconoció que "de todas formas funciona".

En definitiva, no se trata "de adecuar normas, sino que las hagan funcionar", dijo. Pero eso "requiere una reorganización de funcionamiento". La visión institucional del colegio supone que la Municipalidad "se reordene en la cuestión de la obra privada, debe tener controles, normas y una dinámica diferente. El problema radica en que se ha vuelto extremadamente burocrática, y no tiene la dinámica de la construcción", remató el profesional.

Plazos de garantías

Además del pedido de cumplimiento de varios artículos reglamentarios de la ordenanza 10.519, el Concejo modificó la norma extendiendo los plazos de garantías, tanto en pavimento como en veredas.

El artículo 39°, referido al "incumplimiento del ejecutante en la realización de trabajos de conservación o reparación", dispone, "en casos específicos de hundimientos de calles y veredas", una garantía de obra especial de 36 meses para las veredas y de 24 para el pavimento.

A su vez, se creo el artículo 39° bis, que contempla el derecho a reclamar, de los afectados por una obra pública que haya pasado frente a su propiedad y les haya ocasionado daños. Aquéllos deberán elevar la queja a la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad, "a los fines de su correcta reparación por parte del responsable".

La decisión de ampliar el tiempo de validez de la garantía de obra se debe a las "deficiencias estructurales de veredas y calzadas" que, de no ser reparadas por el municipio, "quedan libradas a un progresivo deterioro que nadie atiende".

La ordenanza

N° 10.519 reglamenta: interrupciones al tránsito de vehículos o personas (art. 19); limpieza de obra (art.23); cruces de calzada (art. 28); tapado y compactación de excavaciones (art. 29); encajonamiento de tierra (art. 30); protección de excavaciones (art. 31); y reconstrucción de veredas (art. 32), entre otras. El Concejo pidió que se le dé cumplimiento.

De la Redacción de El Litoral