El expediente fue presentado al fiscal de turno
Denuncia penal contra médicos y autoridades del Iturraspe
El abogado de la familia Acevedo asegura que, al momento de ser diagnosticada Ana María, la enfermedad no estaba avanzada, motivo por el cual sus probabilidades de curación eran altísimas.

Luego de haber recibido el sumario administrativo para determinar responsabilidades en el caso del fallecimiento de Ana María Acevedo, por parte del Ministerio de Salud, el fiscal de turno Pedro Guevara recepcionó hoy una denuncia penal por parte de la familia Acevedo.

En ella, su apoderado legal el Dr. Germán Ulrich Lehmann, solicita se investigue la posible comisión de delitos por parte de los médicos y autoridades del hospital Iturraspe y de los que resultaran víctimas Ana María Acevedo y María Guadalupe de los Milagros Acevedo (ambas fallecidas).>

El pedido de determinación de responsabilidades recae sobre los Dres. Andrés Ellena, César Blajman, David Yossen, Jorge M. Venanzi, las miembros del Comité de Bioética, Elsa Albarrasin, María I. Artigues, Silvia Brussino "y/o quienes demás pudieren resultar responsables".>

El abogado precisó la necesidad de investigar la probable comisión de los delitos de homicidio culposo, aborto agravado, abandono de persona, abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público, teniendo en cuenta los artículos 84, 86 - 1° Parte, 106 y 248 del Código Penal.>

Lehmann recuerda que "Ana María Acevedo ingresó el 23 de octubre de 2006 al hospital Cullen atento a que desde hacía más de cinco meses sentía molestias e hinchazones en la región del maxilar superior derecha, zona de la cual se le había extraído una muela en mayo del mismo año en el hospital de Vera. Se le ordenó su internación y el médico cirujano de cabeza y cuello, Dr. Alejandro Marozzi, le practicó una cirugía abierta con resección de la formación que presentaba en dicha zona facial, la que se analizó y por la que se le diagnosticó la enfermedad llamada rabdomiosarcoma alveolar. Dicho diagnóstico fue posible gracias a la cirugía practicada por ese médico, la realización de una tomografía axial computada y el examen anátomo patológico, todos en el Cullen".>

Probabilidad de curación

El abogado asegura que "la enfermedad de Ana María se encontraba en la etapa 1, por lo que sus probabilidades de curación y/o sus chances de vida a largo plazo eran las mayores dentro de los pacientes que padecen la enfermedad, argumento que pulveriza las afirmaciones del director del hospital en cuanto a que las chances de vida para Ana María eran nulas".

El 23 de noviembre -continúa el escrito- fue derivada desde el Cullen al Iturraspe para el tratamiento de la enfermedad, mediante la aplicación de radio y quimioterapia, pero por los síntomas de la paciente -a pedido de los Dres. Yossen y Blajman- se le realizó un análisis que determinó que estaba embarazada, de 4 a 5 semanas aproximadamente.>

También explica que -cuando llegaron al Iturraspe- el Dr. Yossen ordenó su internación en el Servicio de Oncología, donde el Dr. Blajman le informó a sus padres que como consecuencia del embarazo no le podría realizar el tratamiento oncológico.>

"Ahí comienza el calvario de la familia Acevedo, puesto que sabían que si no trataban la enfermedad Ana María moriría sin ninguna chance de pelear por su vida. Por ello y sin que el médico les informara que la realización de un aborto se presentaba como la alternativa que abriría las puertas al tratamiento, surgió de ellos solicitarlo, el que fue negado", apunta Lehmann.>

"Si a Ana María no se le realizaba el aborto no podía tratarse la enfermedad y con ello perdía todas las altas probabilidades de curarse y pelear por su vida, que reitero, eran alentadoras atento la etapa temprana de su enfermedad", prosigue explicando el Dr. Lehmann.>

El aborto terapéutico -precisó- es la indicación médica de interrumpir el embarazo (aborto) como modo de tratar (terapia) la enfermedad de Ana María. Por ser una terapia debía ser indicada por el médico, lo que en este caso nunca ocurrió.>

"Inentendiblemente, el Dr. Blajman se negó terminantemente a practicarlo y/o indicarlo, muy a pesar de las insistencias, quejas y súplicas de los padres de Ana María. La actitud del médico aterraba a los Acevedo, su hija iba a morir. La conducta del Dr. Blajman, así como posteriormente la de los médicos del Servicio de Ginecología y de la dirección del hospital, fue contraria a la ley puesto que, como sostiene doctrina especializada en la materia, para que se diera el caso de aborto no punible previsto por el apartado primero del artículo 86 del Código Penal debían presentarse los siguientes supuestos: un embarazo; un peligro para la vida o la salud de la madre; que dicho peligro no pudiera ser evitado por otros medios; que fuera realizado por un médico con el consentimiento de la madre; no requería de autorización judicial", indica.>

Sin seguimiento

El escrito recuerda que "tan sola estaba Ana María que el 24 de diciembre de 2006, cuando se retiró del hospital, ni siquiera se encontraba presente el médico de Guardia, hecho que reconoce el Comité de Bioética. Fue debido a la ausencia de éste que Ana María se fue sin indicaciones post alta y, en el mes que estuvo ausente (enero), no se la contactó desde el hospital, no se la llamó. Recién toman contacto con ella cuando los primeros días de febrero volvió a causa de las malformaciones faciales y los dolores. Tampoco se hizo nada por salvarle la vida. Tan sólo esperaron, esperaron que muera".

Ana María -continúa- sentía dolores atroces y llegó a tal grado la crueldad y deshumanización con la que la trataron que no le daban la analgesia necesaria para calmar sus dolores "porque estaba embarazada".

De la redacción de El Litoral