Nuevo artículo en el Código de Faltas
Restricciones a la venta de pegamentos a base de tolueno
Diputados pretende habilitarla únicamente en ferreterías, corralones y pinturerías. El objetivo es evitar que esté al alcance de menores y adolescentes que lo utilizan como sustancia adictiva.

"La felicito diputada Benas, tuvo éxito en su voluntad deportiva", dijo el presidente de la Cámara de Diputados, Edmundo Barreras a la arista que había logrado la media sanción a una reforma al Código de Faltas para limitar a ferreterías, corralones y pinturerías la venta de pegamentos, colas o adhesivos con tolueno. El bloque del ARI había pedido un tratamiento sobre tablas del tema pero el oficialismo había puesto como condición que el asunto tuviese los respectivos despachos de comisión. Asuntos Constitucionales y Salud habían emitido dictamen mientras que Industria y Comercio esperaba un informe sobre una consulta realizada al Ministerio de la Producción.

Sin embargo, Benas convenció a varios de sus pares sobre la necesidad de avanzar con el tema ante la preocupación por los estragos que causa en niños y adolescentes aspirar pegamentos en la calle. En estos días, en Rosario hubo dos muertos por el caso y en nuestra ciudad son permanentes los problemas en la zona de la terminal de ómnibus.

Además, la legisladora pidió incorporar a los antecedentes las leyes vigentes en la materia en las provincias de Buenos Aires, Córdoba y La Pampa así como un pronunciamiento de la Defensoría del Pueblo de la ciudad de Buenos Aires.

El proyecto votado agrega al Código de Faltas el artículo 136 bis que dice "prohíbese la venta, depósito, exhibición, expendio o suministro a cualquier título, de pegamentos, colas, adhesivos de contacto o similares que contengan en su composición tolueno o sus derivados y compuestos, en comercios de los rubros denominados kioscos, supermercados, almacenes, minimercados, autoservicios y cualquier otro en el que se vendan alimentos y/o bebidas, así como la venta ambulante de los mismos".

Además, los autorizados a vender estos productos estarán obligados a llevar un libro especial, foliado y rubricado por la autoridad policial en el que constará: nombre y apellido, documento de identidad y domicilio del adquirente, así como también nombre del producto y cantidad vendida. El comerciante deberá conservar las boletas que acreditan la compra al mayorista o distribuidor, las que indicarán en forma legible la cantidad y marca del producto, individualizando al responsable de su venta.

En cuanto a la sanción prevista es de arresto de hasta treinta días o multa hasta veinte unidades jus, el decomiso de la mercadería y la clausura del local o establecimiento por el plazo de hasta treinta días.

En la provincia una norma incorporada al Código ya prohíbe la venta de pegamentos a menores de 18 años. "La posibilidad de venta de estos productos en miles de negocios en toda la geografía provincial, especialmente en los kioscos y similares, determina que el acceso de los menores sea generalizado e imposible de controlar", reconoció Benas.

La autora sostiene que la prohibición no traerá perjuicios a los comercios afectados aunque sí beneficios en materia de seguridad. "Reducir el circuito comercial a negocios como ferreterías, pinturerías y afines, sumado a la exigencia de llevar un registro de venta, dificultará la compra injustificada de mayores que intenten derivar el mismo al consumo como inhalante de los menores", añadió.

Buenos modales

Por otra parte, la Cámara dio media sanción a un proyecto que obliga a las dependencias de los tres poderes del Estado; dependencias oficiales o privadas que tengan a su cargo la atención en relación a la prestación de servicios públicos, la obligatoriedad de dar prioridad y preferente atención a las mujeres embarazadas, personas discapacitadas o de la tercera edad que realicen trámites en forma personal.

El texto impone multas por incumplimiento, la obligatoriedad de colocar carteles con la leyenda y fija en cada poder el organismo encargado de aplicar la norma.

El radical Hugo Marcucci, uno de los autores del proyecto, definió a la norma como "una señal clara del Estado que protege, que busca igualar e integrar a toda la ciudadanía". Además sostuvo que junto a la prohibición de fumar en oficinas públicas y lugares cerrados, son normas que ponen a la cabeza a Santa Fe en materia de integración y respeto.

Pedido sobre designaciones

El diputado socialista Alfredo Cecchi ingresó en la sesión de ayer un pedido de informes sobre designaciones en la planta permanente de la administración pública provincial realizadas en los últimos seis meses.

Entre otras cosas pregunta si dichas designaciones "contrarían las restricciones dispuestas en normas de diferentes jerarquía que imponen el congelamiento de vacantes". También si el tiempo que demanda producir tales designaciones "alcanza velocidades vertiginosas, inusuales en el Estado" y como ejemplo pone el decreto 1.537 iniciado el 23 de abril y terminado el 26 de julio. Según Cecchi, el decreto dice "haber efectuado una convocatoria, selección adecuada, evaluaciones, modificaciones presupuestarias y demás tramitaciones administrativas que normalmente insumen muchas intervenciones burocráticas".

Requiere además los concursos realizados en los dos últimos años para el cubrimiento de cargos y si el Tribunal de Cuentas ha efectuado alguna objeción, informe desfavorable, reparo o pronunciamiento ante tales designaciones o nombramientos. En el último punto se pregunta "si es cierto que familiares directos de las máximas autoridades del Tribunal de Cuentas han sido beneficiarios de designaciones por parte del Poder Ejecutivo o el propio Tribunal de Cuentas en el presente año".

Mario Cáffaro