Ordenaron un traslado de presos

(Corresponsalía Rosario)

La Sala I de la Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario -integrada por Atilio Ernesto Pangia, Eduardo Sorrentino y Alberto Bernardini- ordenó al Ministerio de Gobierno de la provincia que "en lo inmediato" distribuya a los detenidos alojados en las comisarías de la Unidad Regional II a otras unidades de detención de la región o de todo el sistema provincial para que esas "reparticiones no se conviertan en establecimientos de privación de libertad permanentes".

Con esta decisión, la Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario avaló un hábeas corpus presentado por la Coordinadora de Trabajo Carcelario (CTC), y estableció que dentro del término de diez días el Poder Ejecutivo deberá informar las actuaciones realizadas y las tareas restantes para regularizar la situación en las comisarías, "conforme a las actuales infraestructuras y al estado de desarrollo de los proyectos de ampliación que exigen una rápida conclusión y habilitación".

Entre los considerandos, los magistrados explicaron que "la política carcelaria no ha sido la mejor", aunque también reconocieron que con el paso del tiempo se han operado cambios en la materia, y entre otras cosas, mencionaron la cárcel de Piñero y la Alcaidía Mayor.

Cuando la Coordinadora de Trabajo Carcelario (CTC) presentó el hábeas corpus en 2004, ante el fallecido juez Carlos Triglia, había 1.200 presos en las seccionales de Rosario, mientras que actualmente la cantidad se redujo a algo más de la mitad: ayer había 640 personas alojadas en comisarías, por lo que se deduce que a la fecha el excedente es de más de 200 personas.

En el fallo, se toma en cuenta una resolución de la Corte Suprema de la Nación, que menciona que la superpoblación carcelaria genera muy serios problemas para la vida y la integridad física de las personas alojadas en unidades de detención.

La decisión de la Sala II revoca un dictamen de primera instancia -que dictaminó el juez de Instrucción N° 11, Hernán Postma- que rechazó el hábeas corpus correctivo presentado por la Coordinadora de Trabajo Carcelario. En julio pasado, el magistrado había argumentado que las condiciones de hacinamiento que padecen los presos "no son tan graves" como en el momento en que la CTC presentó el escrito ante Triglia.

En el fallo que se conoció ayer -al que tuvo acceso El Litoral- la Sala I de la Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario señala que "en los penales de la Unidad Regional II hay hacinamiento y condiciones de detención indignas, humillantes e inhumanas. Lo que confirma la pertinencia del pedido de hábeas corpus".

Y señala que "las seccionales policiales no son lugares naturales para el alojamiento de detenidos, son sólo alojamiento temporario. No deben ser ámbitos de alojamiento permanente".

Los camaristas Atilio Ernesto Pangia, Eduardo Sorrentino y Alberto Bernardini advierten que "la situación se ha descomprimido en relación con lo caótico de años anteriores. Pero el progreso fue lento, por lo que el Poder Ejecutivo provincial deberá desactivar en lo inmediato el actual confinamiento permanente en seccionales".