En el tratamiento de dos ordenanzas en particular
Ripoll denunció delegación de funciones de parte del Concejo
Concejal Sergio Ripoll, presidente del bloque de concejales justicialistas de Proyecto 2000. Foto: Agencia Santo Tomé

El titular del bloque de concejales justicialistas de Proyecto 2000 reflexionó sobre las decisiones del cuerpo legislativo santotomesino ante el cambio de sentido de calle Alberdi y en la votación de la norma que impulsa la creación del Presupuesto Participativo.

Desde el bloque de concejales justicialistas de Proyecto 2000, el edil Sergio Ripoll expresó que a raíz de las últimas votaciones ocurridas en el legislativo de Santo Tomé, "es preciso que se realicen algunas consideraciones", como señalar, por ejemplo, que "en oportunidad del tratamiento de dos proyectos de ordenanzas, que luego fueron sancionadas como tales, se pudo advertir cómo el Concejo Municipal delegaba sus propias atribuciones al Departamento Ejecutivo Municipal".

"El primer caso se produjo cuando se trató el cambio de sentido de circulación de calle Alberdi, entre Buenos Aires y Av. Luján", añade Ripoll. "Allí se dispuso que dejase de ser de doble mano, para ser de mano única, sentido oeste-este; hasta aquí, es una situación opinable, pero absolutamente valedera; pero, lo llamativo es lo sucedido respecto a las implicancias de este nuevo sentido de circulación, ya que por allí transita de oeste a este y viceversa la empresa Continental TPA, prestando el servicio público de transporte de pasajeros", prosigue.

"Al disponer una cosa, el cambio de mano, se debería haber dispuesto la otra, el nuevo recorrido del colectivo; ambas decisiones son responsabilidad y atribución del Concejo. ¿Y qué resolvió el Frente Progresista, Cívico y Social, conjuntamente con la concejala (Rosana) Zamora? Que este sentido de circulación iba a ser puesto en práctica cuando el DEM formalice un acta acuerdo con Continental TPA", añadió el concejal.

Interrogantes y justificaciones

"¿Cómo puede el mismo organismo habilitado por la ley para resolver estas cuestiones abocarse a uno y delegar la resolución del otro al DEM? ¿Cómo puede sancionar una ordenanza, que es una disposición, una normativa de cumplimiento efectivo, condicionando su cumplimiento a que otro decida lo que nos compete a nosotros?", se pregunta Ripoll a continuación.

"¿Sancionamos una norma pero no se cumple si otro no hace lo que nos compete a nosotros? ¿No criticaba el FPCyS la firma de las actas acuerdo? ¿Estaba mal antes y ahora está bien? O siempre estuvo mal, o siempre está bien. Y si así fuera... ¿No era preferible buscar el recorrido y después cambiar el sentido de la calle? ¿De qué sirve sancionar una ordenanza que no se puede cumplir? ¿Se justifica ceder nuestras facultades al DEM?", sigue cuestionando.

Luego de ello, Ripoll -quien manifestó todos estos términos a través de un correo electrónico-, pasó a describir el segundo caso, el cual asegura que aconteció al tratarse la propuesta "de iniciar un proceso tendiente a lograr un Presupuesto Participativo". "Aquí sólo se acompañó una idea", acotó, para después ampliar a través de estos conceptos: "La ordenanza sancionada no legisla nada en concreto, se limita a mencionar que se inicia un proceso de participación, se definen objetivos, se establecen determinadas premisas, pero se reglamenta absolutamente nada; como lo sostuvieron los integrantes del FPCyS se trata de jerarquizar una iniciativa".

"Esta iniciativa del DEM no es más que una intención, un deseo, una idea, que se pretende llevar adelante... Y no esta mal que se la impulse, ya que es una propuesta que el FPCyS realizó en campaña electoral; lo que no se debe hacer es sancionar una ordenanza para `vender' la idea", resaltó posteriormente. "En los términos en que se propone la iniciativa desde el DEM, bastaría solamente con que se dicte un decreto y se comience a concretar la propuesta", completó el referente de Proyecto 2000.

El sentido de una legislación

Por eso, siguió Ripoll, "llama poderosamente la atención cómo los integrantes del FPCyS, otrora fieles guardianes de la división de poderes, de la independencia institucional del Concejo Municipal, que se rasgaban las vestiduras ante una supuesta transferencia de `superpoderes' al DEM, hoy sean los que exactamente hagan todo lo contrario".

"¿Cómo se pueden delegar las funciones para que el DEM instrumente un mecanismo que, según el criterio que adopte, puede condicionar la sanción del Presupuesto General de Recursos y Gastos de la Administración Municipal? Y esto es así porque al no especificar qué grado del presupuesto se decidirá a través del Presupuesto Participativo, el porcentaje puede ser del ciento por ciento", explicó aún más el concejal.

Además, consignó que "al no preverse nada respecto de lo vinculante o no de la mencionada propuesta comunitaria, las obras centrales que la ciudad necesita pueden verse comprometidas; al no reglamentarse la participación de los vecinos se pueden consolidar mecanismos de diversas índole que atenten contra esta iniciativa". "Todas estas cuestiones no pueden quedar al arbitrio de una persona; si debe materializarse en una normativa, la misma debería contener todo lo necesario para justificar su existencia; de modo contrario... ¿Qué sentido tiene sancionar una legislación?", agregó.

"Para decir: queremos un Presupuesto Participativo y que lo decida el DEM cómo lo instrumenta, no necesitamos una ordenanza", redondeó sobre este particular. "En fin, creo que se trata sólo de una idea, que no tiene anclaje concreto; nosotros debemos debatir y tratar propuestas definidas", concluyó.

Otras consideraciones

Para el concejal Sergio Ripoll, si se pretende avanzar hacia un presupuesto donde los vecinos opinen sobre el gasto a efectuar, se debería haber discutido sobre cuestiones tales como: concretar los mecanismos y los procedimientos que materialicen esta propuesta; establecer si los vecinos decidirán un porcentaje del gasto o lo harán sobre el total; establecer si lo resuelto por la gente va a ser vinculante o no para la administración municipal; especificar cómo se dividirá la ciudad para trabajar en este tema (si será por vecinales, por distritos a crearse, o a través de otro sistema; en tal sentido, cabe aclarar qué significa "zonas cuantitativamente similares" como las define la ordenanza y cuál es el criterio para conformarlas).

De igual modo para Ripoll es necesario: definir si hay temas que tendrán prioridad por sobre otros y si lo decidido en un sector tendrá preferencia (especificar qué parámetros se utilizarán); definir si se fijará un porcentaje de participación de vecinos por sexo o no; determinar cómo van a ser las denominadas jornadas participativas (¿Habrá reuniones barriales, asambleas distritales?); decidir cómo se elige la persona que va a coordinar, los voceros y los consejeros (¿Qué proporción de Consejos se establecerá por concurrentes?); definir cómo se seleccionarán los proyectos; establecer incompatibilidades para participar; disponer los sistemas de comunicación e información sobre las participaciones comunitarias.

"Nos hubiera gustado analizar y discutir estas disposiciones, pero de acuerdo con lo resuelto por la mayoría, y habiendo dispuesto que el DEM lo reglamente, será únicamente éste quien lo decida, sin nuestra participación; se llega por ende a una situación por demás de contradictoria: los que fuimos ungidos por el sistema democrático para representar al conjunto de los habitantes, quedamos afuera de poder opinar", aportó el edil. "Esto es así porque algunas ciudades han definido que los concejales no deben participar de las reuniones barriales para no generar condicionamientos o adhesiones, tratando de transparentar la voluntad del conjunto; por todo ello vuelvo a reafirmar que nuestra función elemental es la de legislar, no admito que renunciemos a ella; de lo contrario estaremos desjerarquizando al Concejo Municipal", finalizó al respecto.

Ariel Durán-Sergio Ferrer