Escenarios & Sociedad: SOCI-07
Condena para el chisme en España

Un tribunal madrileño determinó que "emitir imágenes de la vida personal de los famosos atenta contra su derecho a la intimidad aunque sean tomadas en lugares públicos". La noticia, difundida por el diario El País de España en su edición del último domingo, sacudió al mundillo televisivo de ese país.

El argumento central de la sentencia indica que "las relaciones afectivas pertenecen al ámbito privado", y sobre ese principio se condena la emisión de "imágenes de noviazgos o relaciones sentimentales de los famosos" ya que "atenta contra los derechos fundamentales a la intimidad y la propia imagen de los afectados si éstos se niegan a hacer pública su relación", precisó el mismo medio.

La decisión fue tomada por la Audiencia de Madrid y la condena estuvo dirigida "a Telecinco, la agencia de noticias Atlas y a la productora del programa "Salsa Rosa' (Boomerang) por reproducir grabaciones de la relación entre Gonzalo Miró y Eugenia Martínez de Irujo -hijo de la cineasta Pilar Miró e hija de la duquesa de Alba, respectivamente-. El tribunal obliga a esas empresas a indemnizar con 54.000 euros" al perjudicado.

La sentencia devino del análisis de imágenes que se vieron en agosto y septiembre de 2005 en los ciclos ya desaparecidos de Telecinco como "Aquí hay tomate", "TNT" y "Salsa Rosa".

En la resolución, el tribunal interviniente no admite "que la aparición de imágenes constantes -de la pareja en cuestión-, los comentarios día a día sobre el desarrollo de dicha relación, lo que la misma pueda parecer a la familia de los afectados, las escenas de la pareja en actitud tierna o cariñosa, etcétera, al margen de la curiosidad generada por los programas en los que se han venido reproduciendo con sus anuncios y comentarios, pueda confundirse con un interés público digno de protección".