FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE TRABAJO
Promueven la norma de blanqueo laboral
El director de Empleo regional, Roberto Deb, y el jefe de la Delegación Santa Fe, Ing. Oscar Bianchini.
Foto:Amancio Alem
La ley fue sancionada a fines del año pasado y permite regularizar a trabajadores no registrados y protege al empleo registrado. De acuerdo con los datos de Afip, en Santa Fe se habrían regularizado unos 8.000 trabajadores.
De la Redacción de El Litoral
Los funcionarios del Ministerio de Trabajo de la Nación de la Regional Santa Fe, Roberto Deb y Oscar Bianchini, destacaron las ventajas que tiene para los empleadores la ley sancionada a fines del año pasado, que permite regularizar la situación de los trabajadores “en negro” y protege y promociona el empleo registrado.
Los funcionarios destacaron el proyecto enviado por el Ejecutivo provincial a la Legislatura, que adhiere al blanqueo de trabajadores, “porque nos permite cerrar el círculo. Desde el gobierno nacional, podíamos condonar deudas previsionales, pero nos faltaba el tema laboral, que es una facultad de los Estados provinciales. Nosotros podíamos condonar deudas pero la provincia se las podía cobrar. Con este proyecto se cierra el círculo”, explicaron.
La ley, destacaron los funcionarios, permite regularizar la situación de aquellos agentes que llevaban muchos años sin haber sido registrados, porque permite, hasta cinco años para atrás, condonar todas las deudas.
Los detalles
La norma, sancionada a fines del año pasado y que tiene vigencia hasta el 1º de agosto de este año, otorga una serie de facilidades a los empleadores para regularizar a los trabajadores que no estén registrados.
Entre otros beneficios, para quien blanquee su personal, la ley establece que:
-Quien registre a sus trabajadores y rectifique la remuneración o la fecha de inicio de la relación laboral, se liberará de las infracciones, multas y sanciones correspondientes a dicha regularización, que no hayan sido pagadas o cumplidas.
-Se extinguen la totalidad de las deudas de aportes y contribuciones a la seguridad social y con las entidades sindicales de las empresas con hasta 10 trabajadores.
-A partir del trabajador 11 que se regularice, se deberán pagar los aportes y contribuciones a la Seguridad Social, excepto las ART. En estos casos, se dispondrá un plan de facilidades de pago ante la Afip que consiste en un tope de interés de hasta un 20 % del total del capital adeudado y hasta 120 cuotas con un interés anual del 6 %.
-Los trabajadores que sean regularizados podrán computar hasta 5 años con aportes a los fines jubilatorios y para el beneficio de la Prestación por Desempleo.
-De acogerse a la regularización laboral, los empleadores, por dos años, verán reducida sus contribuciones patronales de los nuevos trabajadores un 50 % durante el primer año y un 25 % el segundo año.
-Por cada trabajador que se regularice o incorpore hasta diciembre de 2009, el empleador mantendrá este beneficio con la sola condición de mantener el número de agentes en relación de dependencia declarados a noviembre de 2008. También perderán estos beneficios si se le constatan trabajadores en negro.
-Las consultas deben hacerse en San Martín 2533 de 8 a 13, o llamando al 0800-666-4100.