La columna del Consumidor - Adelco

Créditos Hipotecarios y Ley de habeas data

Dra. Claudia González Dato

Ing. Luis Lombó

Después de muchos años de alquilar, la familia de Roberto G. y Alicia R. tenían la posibilidad de acceder la tan ansiada vivienda propia a través de la nueva línea de créditos hipotecarios lanzada recientemente por el gobierno nacional.

Habían completado toda la documentación que les exigía el banco, ya tenían reservado el departamento y sólo les restaba esperar que les otorgaran el dinero para cerrar la operación, para ver hecho realidad la posibilidad del techo propio, para dejar atrás la incertidumbre por la que debían atravesar cada dos años, al vencimiento del contrato de locación.

A los pocos días la expectativa se convirtió en decepción, angustia e impotencia, cuando desde el banco le informaron que no se les concedía el crédito, por un informe negativo en una de las empresas que brindan antecedentes comerciales por la deuda de una tarjeta que él había cancelado en tiempo y forma, dado de baja hace varios años atrás y por lo tanto era inexistente.

Historia como éstas suelen repetirse perjudicando a ciudadanos que por errores de la información suministrada o por la falta de notificación del acreedor del cumplimiento de la obligación aparecen en estas bases de datos -de las numerosas firmas que brindan informes comerciales- de forma equivocada o bien permanecen en ella por mayor tiempo del plazo legal. Estos informes son documentos donde se consigna si una persona tiene deudas con el sistema financiero y si sus acreedores le han iniciado reclamos judiciales. También suelen contener información sobre la calificación realizada a través de la base de datos de deudores del sistema financiero y los cheques rechazados.

Derechos de las personas

Ahora bien toda persona tiene el derecho a controlar los datos personales que existen en bancos de datos ya sea financieros o de otro tipo y para hacer ejecutivo este derecho en el año 2000 el Congreso Nacional reglamentó la acción de habeas data a través de la ley 25.326, que tiene por objeto la protección integral de los datos personales asentados en archivos, registros, bancos de datos, u otros medios técnicos de tratamiento de datos, sean éstos públicos, o privados destinados a dar informes, para garantizar el derecho al honor y a la intimidad de las personas, así como también el acceso a la información que sobre las mismas se registre, de conformidad a lo establecido en el artículo 43, párrafo tercero de la Constitución Nacional.

Dicha Ley preserva tres derechos fundamentales: a acceder al informe comercial y conocer su contenido, a borrar los datos falsos o inexactos y a pedir la caducidad del dato si transcurrió un plazo legal del pago o de la mora. En todos los casos la rectificación, actualización o supresión de datos personales inexactos o incompletos que obren en registros públicos o privados se efectuará sin cargo alguno para el interesado.

Derecho de acceso: A solicitud del titular de los datos, el responsable o usuario del banco de datos, le comunicará las informaciones, evaluaciones y apreciaciones que sobre el mismo hayan sido comunicadas durante los últimos seis meses y el nombre y domicilio del cesionario en el supuesto de tratarse de datos obtenidos por cesión. El responsable o usuario debe proporcionar la información solicitada dentro de los diez días corridos de haber sido intimado fehacientemente.

Derecho a eliminar la información inexacta: Se puede pedir que se borre el dato inexacto, o falso pero no el dato verdadero (salvo el derecho al olvido). El responsable o usuario del banco de datos, debe proceder a la rectificación, supresión o actualización de los datos personales del afectado, realizando las operaciones necesarias a tal fin en el plazo máximo de cinco días hábiles de recibido el reclamo del titular de los datos o advertido el error o falsedad. Además debe notificar a aquellos que consultaron la información sobre el cambio producido.

Derecho al olvido: La ley dispone que sólo se podrán archivar, registrar o ceder los datos personales que sean significativos para evaluar la solvencia económico-financiera de los afectados durante los últimos cinco años. Dicho plazo se reducirá a dos años cuando el deudor cancele o de otro modo extinga la obligación, debiéndose hace constar dicho hecho. En estos supuestos el dato debe borrarse aunque sea verdadero si ha vencido el plazo legal. Esta norma tiene por objeto hacer efectivo el derecho al olvido, de forma tal que quien fue deudor en algún momento pueda reinsertarse en el sistema financiero.

Si no hay solución

Ahora bien ¿que sucede si efectuado el reclamo por alguno de estos tres derechos, el usuario o responsable del banco de datos, no corrige o da solución a lo peticionado?

En primer lugar debe solicitar por escrito el acceso y corrección de sus datos. Si no obtiene respuesta, o la contestación no satisface sus derechos tiene tres alternativas:

a) Puede formular una denuncia por escrito ante la Dirección de Protección de Datos Personales, la que iniciará un sumario e intentará solucionar el conflicto, para consultas a este organismo llamar al 011 4383-8512/13/14/15 (int. 116), ingresar a su pagina web www.jus.gov.ar/datospersonales/ o concurrir personalmente a Sarmiento 1118, piso 5º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El horario de atención es de 10 a 17.30.

b) Puede iniciar una acción de habeas data en Tribunales, para lo cual deberá contactar un abogado.

c) Puede iniciar un reclamo por los daños y perjuicios producidos, para lo cual deberá contactar un abogado.

Es necesario destacar que si la conducta de quien informó el dato fue ilegal y se ha producido un perjuicio se puede reclamar daño moral y daño material, siempre y cuando pueda probarse en ambos casos que ello ocurrió, y que hay una relación de causalidad entre el informe o dato erróneo y los perjuicios ocasionados.

Créditos Hipotecarios  y Ley de habeas data

Existen varios mecanismos para que aquellas personas que quieren acceder a un crédito, puedan ajustar a verdad la información que se suministra.

Foto: Archivo El Litoral

Nueva mercancía

En el mundo moderno, la información es un mercancía que se compra y se vende y que en manos desaprensivas puede traernos más de un inconveniente, por ello es importantes tener en cuenta una serie de recomendaciones que brinda la Dirección de Protección de Datos Personales para minimizar los riesgos de ser víctimas de hechos fraudulentos.

La mejor manera de proteger sus datos personales es evitar suministrarlos en forma indiscriminada.

No complete formularios al azar.

Muchos formularios que se ofrecen en la vía pública o a través de Internet, y que se relacionan con concursos, premios y obsequios, son excusas para obtener sus datos personales y utilizarlos, en el mejor de los casos, para realizar ofertas de productos.

Evite completar estos formularios si no confía en la seriedad de quien los ofrece.

No suministre su información personal a menos que sea estrictamente necesario.

No entregue más información personal que la necesaria.

Para concretar una operación de compra, podrá solicitarse los datos para la facturación, como nombre, dirección, pero no la dirección de correo, por ejemplo. Si se la solicitan, exija la justificación y el destino que se dará a esa información adicional. Y niéguese a entregarla si no lo satisfacen las explicaciones.