Requisitos

Gas: excluyen de la suba

a hogares muy pobres

Los usuarios residenciales de Santa Fe que logren acreditar “problemas socioeconómicos o humanitarios” muy graves serán eximidos del pago del cargo tarifario sobre el servicio de gas natural, contemplado en el decreto nacional Nº 2067/08.

La excepción dispuesta por la norma se aplica en los casos en que el titular del suministro “reciba algún tipo de subsidio por desempleo; sea beneficiario de un Plan Social otorgado por la Nación, Provincia o Municipio; o posea un certificado de discapacidad”, describe el decreto.

Además, el solicitante no podrá poseer más de uno de los siguientes servicios: sistema de televisión paga (cable o satelital); conexión a Internet; telefonía fija y teléfono móvil.

Por último, el domicilio del suministro debe ser su única vivienda, y entre los habitantes no podrá haber más de una persona que perciba ingresos.

Los clientes de Litoral Gas podrán solicitar la eximición mediante la presentación de un formulario acreditando la situación de dificultad, ante dicha empresa.

El Litoral habló sobre el tema con el gerente de comunicaciones de Litoral Gas, Aníbal Paradisso, quien advirtió que hasta ahora se han presentado en toda la empresa 10 usuarios que esperaban obtener la excepción, pero ninguno logró reunir los requisitos. En rigor, el sector alcanzado por el aumento no es precisamente el que menos consume.

Paradisso recordó que hoy sólo “entre el 13 y el 15% de los usuarios residenciales de la empresa ha sido alcanzado por el aumento”, dispuesto por el gobierno nacional en las tarifas de gas natural.

Ante una consulta de este diario, el vocero de la compañía que actúa en el norte bonaerense y en la provincia de Santa Fe explicó que son los usuarios residenciales identificados como R3-3 y R3-4, quienes hoy están comprendidos por la medida.

El polémico cargo de infraestructura -que espera derogar la oposición en el Congreso- se aplica, hasta septiembre próximo, sólo a los hogares que por año consumen más de 1.500 metros cúbicos de gas.

A partir de ese mes, se sumará quienes consumen al año de 1001 a 1.500 m3/año, identificados con las categorías R3-1 y R3-2.

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