Santa Fe, parte de la Cuenca del Salado

Eloy Rodríguez

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A pesar de todo lo que representa el río Salado en la vida y la reciente historia de la provincia de Santa Fe, nunca fuimos partícipes de los acuerdos sobre la servidumbre de su caudal, no obstante compartir su curso con Salta, Santiago del Estero, Tucumán y Catamarca.

El río Salado es un importante curso fluvial del centro norte de Argentina, perteneciente al complejo hídrico de la Cuenca del Plata.

Nace en las estribaciones orientales de los Andes en la provincia de Salta y su fuente principal se ubica en la llamada Sierra de los Pastos Grandes, inmediatamente al sur del cerro nevado de Acay. Tiene un régimen pluvio-nival (lluvias y nieve en su nacimiento); es alóctono (de zona árida procedente de otras regiones más lluviosas), es “senil” (normalmente lento y perezoso) y se seca casi todos los inviernos.

Tiene una longitud de 2.355 km., una cuenca de casi 125.000 km2. y desde el Guachipas (nombre que adquiere en la Quebrada de las Conchas) con su intersección con el Arias (embalse de Cabra-Corral), recorre 1.500 km. para desembocar en el Paraná. En este trayecto, 800 km. transcurren en Santiago del Estero; casi 400 (en línea recta) en Santa Fe y el resto en Salta, Tucumán y Catamarca.

La planificación santiagueña sobre el uso del Salado data de los años 60, cuando la ex Empresa Agua y Energía dividió su curso en Norte y Sur.

Sobre el Salado Norte, el acuerdo distributivo entre Santiago del Estero y Salta se origina en las presas de Cabra Corral y El Tunal (Salta), correspondiéndole a Santiago del Estero en el límite Interprovincial un caudal de 448 hm3 anuales netos (14,2 m3/seg.) sobre una base total de 1.136 hm3, deducidas las pérdidas por conducción que experimenta el río hasta el Sistema Figueroa, tratando de eliminar las grandes pérdidas por infiltración y evapotranspiración. Hoy, las erosiones pluviales alteraron su escurrimiento y la mayor hidrodinámica de traslado profundizó el cauce drenando mayor cantidad de sal hacia el Canal de la Patria y el Sistema Figueroa. La acción antrópica también modificó la desembocadura del río Horcones, aportante directo del Salado, provocando contaminación química.

El Salado Sur nace en su confluencia con el río Guardia, donde se produce el trasvase desde el río Dulce al río Salado, a través del Canal Jume Esquina que, desde 1968, garantiza 225,4 hm3 (7,1 m3/seg.) para ser usados aguas abajo, como “riego racional” de 22.070 has. (hoy, más de 100.000), hasta el límite con Santa Fe.

Actualmente, sobre el Canal de Jume Esquina se construyeron varias tomas clandestinas en detrimento de aguas abajo. Además, en la década del “70 se construyó el Canal Secundario Simbolar para el riego de dicha colonia.

El río Salado desde Colonia Dora hacia aguas abajo ha perdido desplazamiento, por bombeos particulares, meandros y el depósito de sólidos provenientes de las erosiones pluviales en Figueroa. A esto hay que agregarle la pérdida de caudal por riego, infiltración, evapotranspiración y el consecuente aumento de sales en el agua que circula hacia abajo.

A agosto de este año en el dique de Colonia Dora escurren 1,20 m3 por segundo de los 3 m3 prometidos en septiembre de 1996.

Estaría prevista la firma de un convenio entre los ministros de Asuntos Hídricos de Salta, Santiago del Estero y Santa Fe, (¿Catamarca y Tucumán?), para planificar el uso interprovincial del Salado, donde se acordaría el escurrimiento de 5 m3 en su intersección con la Ruta Interprovincial Nº 35 (entrada a Santa Fe, 8 km. al suroeste de Tostado), evitando la “pérdida acuosa” y los desvíos en los más de 100 km. que separan Colonia Dora de Tostado.

Existen estadísticas del escurrimiento por m3 del último año con respecto a Cabra Corral, Miraflores, Finca Agropecuaria y Quebrachal, de Salta; Canal de Dios, El Arenal y Añatuya, de Santiago del Estero; y Tostado, Santa Fe, en manos del senador por 9 de Julio, Ing. Hugo Terré; la Cooperativa de Agua Potable y el intendente Enrique Fedele, para avalar la propuesta santafesina.

Santa Fe forma parte de la Cuenca del Río Salado con iguales derechos en la distribución de caudales, que las demás provincias que la integran. Nuestro Código Civil, en su sección segunda, “De las servidumbres en materia de aguas”, desde el Art. 552 al 563 inclusive, otorga el correspondiente marco legal.

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