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El Código Civil y la servidumbre de aguas

 

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Eloy Rodríguez

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Después de un largo olvido, Santa Fe tendría la oportunidad de firmar un convenio por el uso del Río Salado junto a Santiago del Estero y Salta, integrantes de la cuenca de dicho curso, como también lo son las provincias de Catamarca y Tucumán.

En la distribución de caudales al territorio santafesino tendrían que escurrir libremente 3 M3 por segundo, en la intersección del río con la Ruta Interprovincial Nº 35, límite entre Santa Fe y Santiago del Estero, casi 8 Km. al suroeste de la ciudad de Tostado.

Nuestro Código Civil, en su sección segunda: De las servidumbres en materia de aguas, establece las pautas a seguir desde el artículo 552 a 563 inclusive, brindando el aspecto legal al que se tendrían que sujetar los estados provinciales integrantes de la Cuenca del Salado.

El artículo 552 determina que: “Los predios inferiores están sujetos a recibir las aguas que naturalmente y sin obra del hombre, descienden de los predios superiores, así como la tierra o piedra que arrastran en su curso”. El Art. 554 dice que “Cuando para la derivación o toma de aguas de un río o arroyo, o para el aprovechamiento de otras corrientes continuas o discontinuas, fuere necesario establecer una presa, y el que haya de hacerlo no sea dueño de las riberas, o terrenos en que necesite apoyarla, podrá establecer la servidumbre de estribo de presa, previa la indemnización correspondiente”.

El Art. 557 fija que: “Todo el que quiera servirse del agua, tiene derecho a hacerla pasar por los predios intermedios, con obligación de indemnizar a sus dueños, como también a los de los predios inferiores sobre los que se filtren o caigan las aguas” y “tendrá que demostrar que el paso solicitado es el más conveniente y menos oneroso para tercero” (Art. 558) y “no podrá imponer la servidumbre de acueducto para interés privado (Art. 559)”.

Santa Fe necesita el escurrimiento, en la intersección señalada, de 3M3/S para aprovechar dicho curso que corre por más de 400 Km. sobre su territorio.

Esa es la cuestión.