EDITORIAL

Un aporte a la transparencia

La decisión del gobierno provincial de difundir la nómina de agentes del Estado que actúan en su órbita, y también de los que se desvincularon, generó reacciones encontradas, e incluso una abierta polémica.

En sus considerandos, el decreto 1.774 invoca los principios básicos de transparencia en la función, y el control ciudadano que es posibilitado por la misma, y enfatiza la necesidad de tomar suficientes recaudos para que la decisión no se vea desvirtuada por la forma de su aplicación, ordenando con claridad el establecimiento de un mecanismo “eficiente”, que asegure un acceso “fácil y rápido”.

A priori, este “blanqueo” de información que propone el gobierno provincial debe ser celebrado como una iniciativa saludable, y coherente con la impronta que se declama para la actual gestión. Frente a la subsistencia crónica de zonas grises en la órbita del Estado, inescrutables desde afuera e incluso desde adentro, que permiten el enquistamiento de verdaderos cotos de poder basados en el secretismo, todo lo que apunte a desmantelar este sistema debe ser bienvenido.

La difusión de los nombres de los agentes públicos no debe ser motivo de preocupación ni de malestar para nadie que, como sucede en la gran mayoría de los casos, cumpla con sus obligaciones y no tenga nada que ocultar. Por el contrario, permitirá poner en evidencia casos de flagrantes incumplimientos, superposiciones indebidas o incluso algún tipo de incompatibilidad, a la vez que establecer con mayor certeza la correspondencia entre prestación y remuneraciones. Al respecto, no puede obviarse la condición de agentes públicos que, junto a ciertos beneficios como la estabilidad, conlleva el derecho de control por parte de los contribuyentes.

Esto se aplica incluso a la difusión de los montos de los haberes, uno de los aspectos más cuestionados de la norma, y posiblemente factor de molestia para quienes preferirían mantener en reserva el nivel de sus ingresos. Si bien esta prevención es comprensible, es difícil aceptar que se la ponga por encima del interés público. Por otra parte, proporcionará bases reales para la discusión sobre la inaceptable disparidad en el nivel de retribuciones de distintos sectores.

En todo caso, la reglamentación del decreto sí deberá contemplar otros aspectos posiblemente más controvertidos, como la divulgación del número de documento de los agentes -un dato que en manos equivocadas puede ser pernicioso- y la posibilidad de hacer excepciones, habilitada por un artículo del anexo, que puede tener motivaciones atendibles, pero también dar lugar a suspicacias.

Finalmente, cabe la exhortación a los otros poderes y jurisdicciones para que avancen en el mismo sentido. No sólo para superar la inequidad de tratamiento que resultará de lo contrario, sino para demostrar en hechos concretos la vocación de transparencia y, a través del control que ella permite, aportar decididamente a una cada vez mayor eficiencia.