La soberbia o la ley

Cristina Fernández de Kirchner ha originado con sus decisiones un problema institucional, jurídico y político interno, que trasciende las fronteras y compromete tanto las reservas del país como el equilibrio de la propia gestión presidencial. La mandataria tiene en la ley el remedio a tales problemas.

La presidenta ha decidido por Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) el uso de reservas del Banco Central para el pago de deuda y la remoción del presidente de la entidad monetaria. Según preceptos constitucionales y legales, ese procedimiento debe ser revisado por el Congreso para tener plena validez.

Los entuertos judiciales apenas pueden postergar la vigencia de las polémicas normas hasta que Senadores y Diputados voten al respecto. Sólo entonces -y nunca antes- la situación se normalizará; la presidenta puede convocar a sesiones fuera del período ordinario que se inicia recién en marzo.

El artículo 99 de la Constitución Nacional determina que “solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites” previstos para la sanción de las leyes, el Poder Ejecutivo podrá dictar Decretos de Necesidad y Urgencia.

No hay ningún impedimento para que Cristina convoque a sesiones extraordinarias para revisar los DNU, excepto su propia voluntad. Encerrada en su determinación, Cristina confronta con los poderes independientes del Estado -el Legislativo y el Judicial- y precipita con su pretensión el embargo de ahorros nacionales en el exterior. La realidad desoye las razones que la presidenta esgrime en el atril.

También en política la soberbia es un pecado capital. La democracia no es un sistema de poder concedido por el voto a favor de una voluntad personal, que se pretenda por encima de sus interlocutores institucionales.

La presidenta no debe olvidar que el arreglo del pago de la deuda es una atribución del Congreso según el artículo 75 de la Constitución Nacional. Si posee facultades delegadas para asumir ese rol, debe hacerlo cuanto menos con la prudencia política que el tema marca, pero nunca con buena parte de las bancadas de su partido y con todo el arco opositor en contra. Más cuando la Corte Suprema de Justicia ha aceptado la viabilidad de revisar la constitucionalidad de su decreto.

El gobierno necesita financiamiento porque las cuentas ya no le cierran; sin embargo abortó por propia decisión la alternativa del FMI para no someterse a revisiones técnicas. Sin crédito externo y con los recursos internos agotados, quedan las reservas; pero es imprescindible que el debate se dé en el Congreso, porque el Poder Ejecutivo no puede ni debe sentar el precedente del manejo a discreción de la riqueza del país.

Sin crédito externo y con los recursos internos agotados, quedan las reservas; pero es imprescindible que el debate se dé en el Congreso. No puede ni debe aceptarse el manejo discrecional de las riquezas del país.