Las compras del Estado

¿La denuncia de un legislador provincial de la oposición originada en el aparente sobreprecio pagado por el Estado santafesino en la adquisición de motocicletas equipadas para la policía, logró captar en los últimos días la atención pública.

Esto no solamente por el eficaz recurso utilizado para ello -estacionar un vehículo frente a la Legislatura-, sino también por la marcada inferioridad del valor de mercado del bien con respecto al que la provincia reconoció para la adjudicación de la operación respectiva; tanto más grave en la medida en que se trató de una adquisición voluminosa.

En consonancia con ello, la Cámara de Diputados aprobó un proyecto que interroga a las autoridades sobre los precios ofrecidos por las empresas que participaron de la licitación, los motivos por los cuales algunas propuestas fueron descartadas, los precios estimativos previstos en el presupuesto, y los valores de mercado para motocicletas con similares características.

La llamativa diferencia expuesta por el legislador opositor fue cifrada por el oficialismo en las particulares y específicas características del bien requerido -que, como tal, no está a la venta pública-, en el hecho de que el procedimiento no mereció objeción alguna de parte de los organismos de control, y en el antecedente de que contrataciones similares, con la misma empresa y valores equivalentes para la época, nunca merecieron reproche.

Pero al margen de tales argumentaciones, el mero sentido común permite advertir que la discrepancia de montos supera con mucho lo que, a priori, parece surgir de la consideración de esos puntos. Una situación similar -y con prácticamente los mismos protagonistas y modalidad publicitaria de la denuncia- se dio recientemente, vinculada a la compra de ropa para los agentes de la fuerza; en ambos casos con directas, fuertes y probablemente apresuradas imputaciones de corrupción.

Pero más allá de la eventual ligereza o interés político con que pueda esgrimirse la acusación, los datos objetivos -al menos aparentes- ameritan poner el foco en los mecanismos de contratación del Estado.

El establecimiento de una serie de pautas restrictivas, para impedir que el poder político de turno favorezca libremente a determinado grupo o empresa, forma parte del menú esencial de garantías sobre el accionar de la administración, la igualdad de derechos para todos los oferentes y el resguardo de los dineros públicos. Pero los valores que en numerosas ocasiones resultan de estos procesos contradicen este último punto, y fuerzan a propiciar la revisión de los parámetros técnicos y burocráticos que conducen a tales desfases; y que probablemente hallen su base en el reducido número de participantes, normalmente recurrentes.

Sin relativizar el precepto básico de constreñir al máximo la arbitrariedad y permitir la mayor visibilidad posible de las acciones de gobierno, el resguardo del interés de los contribuyentes impone una revisión de los procedimientos. O, cuanto menos, una explicación convincente.