Procesado y en prisión

“Estaba cansado y con bronca” dijo el acusado de violar a una criatura

1.jpg

Los agentes de la Comisaría 24a. de Alto Verde fueron los primeros en asistir a la víctima, que fue derivada en ambulancia al Hospital de Niños.

Foto: Néstor Gallegos / Archivo El Litoral.

La víctima es un pequeño de 1 año y 10 meses que estaba al cuidado de su padrastro. La madre había ido a la iglesia cuando se consumó el abuso.

 

Juliano Salierno

[email protected]

El juez de Instrucción Sexta, Sergio Carraro, procesó por “abuso sexual con acceso carnal agravado” a un joven de 22 años que violó al hijo de su concubina de apenas 1 año y 10 meses. A pedido del fiscal Nº 6, Rubén Díaz, el magistrado confirmó la prisión preventiva y puso al reo a disposición del Servicio Penitenciario. En caso de ser condenado, la pena que le correspondería oscila entre los 8 y 20 años de cárcel.

El hecho tomó estado público el sábado 16 de octubre, cuando una pareja se presentó en la Comisaría 24a. de Alto Verde a pedir ayuda, porque el hijo de la mujer presentaba una lesión sangrante en el ano.

Primero solicitaron asistencia en el dispensario local, pero estaba cerrado. Mientras esperaban la ambulancia, requerida desde el distrito costero, la madre de la criatura le mostró a los policías el sangrado que presentaba su hijo menor, lo que despertó las sospechas de los agentes.

Falsa versión

La primera versión daba cuenta de que su pareja -Ricardo José Espinoza- se encontraba trabajando, y ella se había ido a la iglesia, por lo que la criatura quedó al cuidado del padre del concubino -abuelastro- y de sus dos hijas -tías sustitutas-. Al parecer, el chico “se encontraba jugando afuera y de repente apareció llorando y estaba como orinado y al revisarlo advirtieron que tenía sangre”, indica el procesamiento.

A esa altura, la emergencia lo trasladó al Hospital de Niños Dr. Orlando Alassia, donde la jefa de Guardia informó de las lesiones que presentaba el menor y acompañó la denuncia por abuso sexual que radicó la madre.

Esa misma noche quedaron detenidos el padre de Espinoza y uno de sus hermanos. Su padre contó que estaba en la casa pero que se encontraba en otra dependencia cuando oyó gritar a la criatura y acudió al llamado de su hijo que pedía auxilio, porque el nene estaba sangrando. También aseguró haber sido él quien sugirió a Ricardo que llamara a la madre y que fueran al dispensario para curarlo. El hermano del acusado, en cambio, negó haber estado en la casa en ese momento.

Contradicción

Entonces las sospechas recayeron sobre el propio Ricardo Espinoza, que fue arrestado al día siguiente, y tras ofrecer una versión contradictoria confesó todo en declaración indagatoria.

Por su parte, la defensora General Nº 5, Sandra Valenti, pidió la libertad del padre y el hermano del presunto autor, que fueron excarcelados por falta de mérito. Solicitó además un examen médico para el imputado, ya que éste dijo haber sido golpeado por los restantes detenidos cuando lo trasladaron a la sede judicial.

Las actuaciones complementarias realizadas por el Centro de Orientación a la Víctima de Violencia Familiar y Sexual de la URI fueron elevadas al juzgado, y tras la confesión de Espinoza, el fiscal Nº 6 Rubén Díaz solicitó la prisión preventiva del imputado y sugirió la ampliación de indagatoria para hacer expresa mención de los agravantes.

Durante la declaración indagatoria, el imputado Ricardo Espinoza “deslizó inicialmente una estrategia defensiva, sosteniendo haberse quedado solo en la vivienda con la víctima, dado que su pareja se había ido a la iglesia”, y que al ver que “el chico estaba orinado, decidí limpiarlo”, y que “de golpe empezó a sangrar y yo me asusté, no sabía qué hacer”, mintió.

“Me dio bronca”

Pero Espinoza luego “cambió radicalmente su postura y narró espontáneamente lo sucedido aquella tarde, manifestando ser el autor”, explicó el juez en su resolución. Dijo que su mujer “se había ido a la iglesia dejándole a cargo la criatura, y que por ello se molestó, sosteniendo que “estaba cansado y me dio bronca’; para luego decir que el menor se encontraba llorando y allí lo agarró y lo metió adentro de la pieza” donde consumó la violación.

Con los elementos de prueba reunidos, el juez Carraro procesó a Ricardo Espinoza el 23 de noviembre “como autor material y penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal, agravado por ser cometido contra un menor de edad y aprovechando la situación de convivencia preexistente con el mismo” (Art. 119 tercer párrafo en relación al Art. 119 cuarto párrafo inc “f” del Código Penal).

Atención médica

En el Hospital de Niños “se dispuso la internación del menor y su derivación al servicio de cirugía para la realización de los estudios pertinentes”. Con posterioridad la médica de guardia “confirmó la situación de abuso sexual, disponiendo la internación de la criatura por el riesgo social que ello implica, dejando asentado lo actuado en Libro de Guardia e Historia Clínica”.

A propósito del tipo de lesiones el médico de cirugía declaró que “he revisado anteriormente a otros pacientes con lesiones similares producto de violaciones” descartándose otras circunstancias ajenas a una situación de abuso sexual.

También se le realizaron estudios a los hermanitos de la víctima, de 4 y 6 años, “a fines de corroborar si existían en ellos síntomas de abuso sexual”, que afortunadamente no se verificaron.

 

/// LA CLAVE

“No era violento”

La madre de la víctima hacía tres meses que convivía junto con sus tres hijos -de otra pareja- en una casa que Ricardo Espinoza había levantado en Alto Verde, en el fondo de la vivienda de sus padres. “Ricardo no era una persona violenta, tenía buen trato y buena relación con mis tres hijos, le daba trato como si fuera su padre”, contó sorprendida la mujer. Se ocupaba de ellos, los atendía en su ausencia, les preparaba la comida y los ayudaba a cambiarse.

/// EL DATO

Abuso sexual infantil

Según la calificación legal seleccionada por el juez de Instrucción Sergio Carraro, la pena en expectativa para Ricardo Espinoza, en caso de que fuera condenado, va de 8 a 20 años de prisión efectiva. Se le imputa un grave delito contra la integridad sexual de un menor de edad, con el que mantenía relación de dependencia y que por su corta edad -1 año y 10 meses- no podía consentir libremente la acción. El delito se agrava por haberse consumado “con acceso carnal” y por aprovechar de “la situación de convivencia preexistente”.