Mientras Bianchi viaja a Brasil

El Mercosur negocia la gestión aduanera en común

Los países del Mercosur trabajan en la actualidad sobre un conjunto de definiciones orientadas a la eliminación del cobro múltiple del Arancel Externo Común (AEC), que deberá regir desde 2012, lo cual permitirá avanzar hacia la consolidación de su unión aduanera.

Pero el objetivo de la unificación encuentra resistencias puertas adentro, tras el conflicto por la mutua aplicación de Licencias No Automáticas al intercambio entre la Argentina y Brasil. El secretario de Industria, Eduardo Bianchi, se reunirá el jueves próximo en Brasilia con el viceministro de Industria brasileño, Alessandro Teixeira.

La meta de fondo es la distribución regional de la renta aduanera, que implica la puesta en marcha del Código Aduanero del Mercosur, también desde el primer día del año próximo, informó esta semana la Cancillería al Congreso Nacional.

Para concretar el objetivo de eliminación del doble cobro del AEC, los Estados parte deberán poner en funcionamiento antes del 31 de diciembre próximo la interconexión en línea de los sistemas informáticos de gestión aduanera.

Esa medida, junto con el intercambio de bases de datos, permitirá el intercambio de informaciones en lo que respecta al cumplimiento de la Política Arancelaria Común. Entre los puntos centrales a resolver de aquí a fin de año, según el informe del Ministerio de Relaciones Exteriores al Parlamento, figura en primer lugar una compensación para Paraguay.

Esa medida se dispondrá “considerando su condición como país sin litoral marítimo, su alta dependencia de las recaudaciones aduaneras y la eventual pérdida de recaudación resultante de la eliminación del doble cobro del AEC”.

Los países del Mercosur deben además garantizar el monitoreo periódico de los impactos económicos y comerciales resultantes de dicha eliminación.

Los negociadores trabajan sobre una propuesta de reglamentación de la primera etapa, que incluya “un procedimiento transparente, ágil y simplificado de transferencia periódica de los saldos netos de recaudación tributaria (cuenta corriente), que contemple los procedimientos internos de cada Estado parte”.