llegan cartas

Zaffaroni

Antonio Jorge García Arzeno.

DNI. 6.034.944, Ciudad.

Señores directores: Por acción o por omisión el juez Zaffaroni infrigió el Código de Ética, norma que regula la actuación y comportamiento de los magistrados, tanto en el plano laboral como personal.

Aunque lamentable, el hecho aparece como cierto. A través de los medios de comunicación el imputado nunca negó los cargos, tan sólo trató de desvirtuarlos y el presidente de la Corte efectuó declaraciones defendiendo a su ministro desde una posición corporativista, pero refiriéndose para ello únicamente a las cualidades y trayectoria profesional del acusado, que —por otra parte— aparecen como indiscutibles.

¿Basta con ello? Terminantemente no. Porque cobra actualidad aquel dicho de que: “no sólo hay que serlo, sino parecerlo” y en esta circunstancia el ministro Zaffaroni, que debe juzgar y fallar —conjuntamente con sus pares— en innumerables e importantísimos conflictos que llegan a la Corte, queda desprestigiado ante la sociedad. Atento a ello habrá una pérdida de confianza, tal como sucedió con el Alto Tribunal que precedió al actual. Es más, esa desconfianza —dada la alta sensibilidad actual del pueblo y la inusitada velocidad de la información— podría extenderse —quizás injustificadamente— al resto de sus integrantes.

Consecuentemente a lo expresado y tratando de formalizar esta inquietud de aclarar el tema, se abren para el acusado dos instancias.

La primera es su renuncia indeclinable al cargo y la segunda es la de afrontar el juicio de destitución —a la luz de la denuncia presentada por una diputada de la Nación—, tratando durante su desarrollo de probar su inocencia, derecho democrático inalienable. No debe haber excepciones ni privilegios y menos en situaciones tan delicadas como la mencionada.

Personalmente y ante las probanzas del caso, creo que la salida más decorosa para el juez, es su renuncia. La otra aparece como más complicada, dado que puede llegar a exponer su probidad y prestigio ganados a través de muchos años de actividad en el Derecho. No olvidemos que se trata de la comisión de un delito y por tanto penado por la ley.

No obstante esto es Argentina y volviendo al título con el que encabezo esta carta pregunto... podrá ¿Zaffar oni?