Decisión del juez Rodríguez

Sobreseyeron a dos imputados por el crimen de Silvia Suppo

El juez federal Nº 1 de Santa Fe, Reinaldo Rodríguez, dictó el sobreseimiento de dos personas que fueron denunciadas por un testigo de identidad reservada, como presuntos involucrados en el crimen de la comerciante y ex militante política Silvia Suppo.

 

Télam

El caso del crimen de Silvia Suppo tiene un nuevo capítulo a partir de la decisión del juez Federal Nº 1, Reinaldo Rodríguez quien, en el último día hábil antes de la feria de enero dictó el sobreseimiento de los dos jóvenes que fueron imputados por un testigo de identidad reservada como los auténticos autores del crimen.

Cabe recordar que la nombrada fue encontrada muerta a puñaladas el 29 de marzo del año 2010, en la ciudad de Rafaela, y el juez de Instrucción en lo Penal de Rafaela, Alejandro Mognaschi, tramitó la causa y probó que Rodolfo Cóceres y Rodrigo Sosa -ambos detenidos- mataron a la ex integrante de la JP y presa política durante la última dictadura militar, episodio que comenzó con un robo y terminó en un crimen.

Luego, los abogados de los hijos de la víctima, Guillermo Munné y Lucila Puyol, constituidos como querellantes en el expediente, aportaron el testimonio de un ex preso que declaró bajo la modalidad de identidad reservada en el juzgado federal, y asoció el homicidio a un crimen político.

Seguidamente, la Cámara de Apelaciones de Rafaela, en voto dividido, hizo lugar al pedido y trasladó el expediente al juez Reinaldo Rodríguez.

“Sin sustento”

Ahora, el magistrado dictó el sobreseimiento de dos jóvenes, Miguel Ángel Mendoza y Emiliano Martín Rodríguez, oriundos de San Cristóbal, de quienes el remisero y testigo de identidad reservada afirmó que “el primero fue el que supuestamente contrató o realizó gestiones necesarias para encargar la muerte de Suppo, mientras que Rodríguez habría actuado de ‘campana’ en el crimen”.

En su resolución, el juez Rodríguez evalúa los elementos de prueba y finalmente expresa que “todas estas consideraciones o informes me hacen concluir que los hechos relatados por el testigo de identidad reservada, si es que ocurrieron, no lo fueron con esos actores, tampoco de ese modo, tiempo y lugar y por lo tanto no tienen el sustento probatorio suficiente para sostener la hipótesis”.

Además, Rodríguez reconoció el gran trabajo realizado por el juez de instrucción de Rafaela, Alejandro Mognascchi, que investigó seria y responsablemente los hechos, aunque luego una ingeniería judicial y política le arrebató el expediente. Rodríguez cita en su fallo parte del resolutorio del rafaelino y cita: “... que de las probanzas recolectadas a la fecha se aprecia que el relato aportado por el testigo de identidad reservada no obtiene hasta aquí en la causa corroboración alguna”.

Conocido el sobreseimiento firmado por Rodríguez, los abogados querellantes y fiscales deberán evaluar si apelan la decisión en los primeros días de febrero, apenas concluya la feria judicial de verano.