Aclaración de la Dirección de Vivienda

“Las viviendas sociales no pueden venderse”

El Litoral publicó el testimonio de una familia que asegura haber comprado una casa del Estado provincial en Santa Rita por $ 2.500 a un miembro de la CCC.

De la Redacción de El Litoral

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“Cuando una familia compra una vivienda social sin escritura tiene que saber que la están estafando, dado que no está asegurada la transferencia de la propiedad con las garantías jurídicas del caso”, afirmó la directora provincial de Vivienda y Urbanismo, Alicia Pino, a raíz de que detectaron algunas irregularidades de este tipo.

El domingo pasado, en el marco de un informe especial a dos meses de la usurpación de viviendas en Santa Rita II, El Litoral publicó el testimonio de una familia que relataba que hacía dos semanas había comprado la casa que habitaba a un miembro de la Corriente Clasista y Combativa por $ 2.500. Eso, sumado a “la publicación de avisos de ventas de viviendas sociales que aparecen en los clasificados de portales digitales y periódicos de Rosario” que detectó la Dirección, motivaron la aclaración.

En un comunicado, el organismo provincial insiste en que “las viviendas sociales no pueden venderse a través de operaciones inmobiliarias y/o entre particulares con el cobro de dinero en tanto el inmueble sea una propiedad del Estado”.

Transferencias

De acuerdo a la reglamentación de la Dirección de Vivienda existen dos mecanismos legales para la transferencia de un inmueble administrado por el Estado: la primera consiste en transferir la vivienda cuando la familia tiene la escritura de la propiedad con la respectiva cancelación total de la deuda; y la segunda es el trámite de transferencia de unidad habitacional que se realiza ante el organismo provincial. De todos modos, en el caso de Santa Rita las viviendas ni siquiera habían sido adjudicadas.

Este trámite permite al adjudicatario de una unidad habitacional transferir la vivienda a otra persona, siempre y cuando haya cumplido con la ocupación de la vivienda en forma efectiva e ininterrumpida durante un plazo no inferior a los 5 años contados desde la suscripción del boleto de compraventa.

Si cumple con este requisito, la familia adjudicataria deberá presentar la siguiente documentación: nota dirigida a la Dirección, solicitando autorización y proponiendo un grupo familiar alternativo, libre deuda de la vivienda social que emite el área comercial del ente provincial, libre deuda de impuestos y servicios de la vivienda, copia del boleto de compraventa, firmas certificadas de los titulares y los aspirantes, últimos seis recibos de sueldo del grupo familiar aspirante, y copias de los DNI del grupo familiar aspirante.

La documentación deberá presentarse en la mesa de entrada de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo, de lunes a viernes de 7.30 a 13, en sede central ciudad Santa Fe, sita en San Martín 1407; y en la delegación de la zona sur Rosario, en Santa Fe 1145. El trámite tiene un costo de tasa retributiva de servicios, que se abona en las sucursales del Banco de Santa Fe.