Fumigación aérea

Federico Senn

DNI 20.392.033. Funes.

Señores directores: Ha comenzado un debate en nuestra provincia sobre el uso de productos fitosanitarios (mal llamados agrotóxicos). Debate en el cual agrupaciones ecologistas solicitan la prohibición de la fumigación aérea. El principal argumento es que el piloto no tiene control de la deriva (desplazamiento del producto aplicado a causa del viento); si esto fuera correcto los lotes tratados no serían efectivos. Un piloto aeroaplicador es un profesional altamente capacitado que realiza exámenes teóricos y prácticos para obtener su licencia y además realiza un examen psicofísico anual. La rapidez de la aviación ante ataques masivos de plagas (incluyendo campaña contra mangas de langostas), su autonomía y la imposibilidad de usar equipos terrestres han hecho que la aviación agrícola se desarrolle y tecnifique exponencialmente los últimos años. Se ha comprobado su efectividad y precisión en tratamientos de cultivos como: trigo, maíz, sorgo, cebada, alfalfa, soja, colza, avena, frutales, arroz, algodón, girasol, yerba mate, garbanzo, arvejas. Se utiliza para realizar siembras aéreas, aplicaciones de fungicidas, insecticidas, molusquicidas, herbicidas y fertilizantes con productos autorizados y controlados por Senasa. Tratamientos todos recetados por ingenieros agrónomos.

En la actualidad el avión es una herramienta más que dispone el productor agropecuario. Solicitar que se prohiba su uso es como solicitar que se prohíba el uso de un pulverizador terrestre o un tractor. A veces no es tan necesario sancionar nuevas leyes como hacer cumplir las ya existentes (Ley prov. 11273/95).