Para transparentar la administración pública rafaelina

Prohíben contratar a familiares de funcionarios y concejales

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La ordenanza profundiza las restricciones, otorgándole un carácter retroactivo, al determinar que “los contratos que impliquen prestación de servicios en el sector público, si se prueba la relación de parentesco, no podrán ser renovados al vencimiento”.

Foto: Agencia Rafaela

La iniciativa, con pocos antecedentes a nivel país, es de autoría del presidente del Concejo municipal, Jorge Maina. Fue aprobada unánimemente por todos los bloques, al considerarla como un “verdadero avance hacia una mayor transparencia de la gestión pública”.

 

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El Concejo municipal aprobó una ordenanza que restringe el ingreso como “personal contratado y transitorio” a la Municipalidad de familiares y parientes, que alcanza al intendente, concejales, jefe de gabinete, secretarios y subsecretarios, personal de gabinete, fiscal municipal, jueces de Falta, los secretarios privados del intendente, y de los secretarios y prosecretarios del Concejo municipal. De ahora en adelante, sólo podrán acceder a un cargo por el sistema de concurso.

La iniciativa, con pocos antecedentes a nivel país, es de autoría del presidente del cuerpo, el edil Jorge Maina. Fue presentada por el bloque oficialista y aprobada, unánimemente, por de todos los bloques, al considerarla como un “verdadero avance hacia una mayor transparencia de la gestión pública”.

La norma sostiene, en su primer artículo, que “queda restringido el ingreso como personal contratado y transitorio a la Municipalidad de Rafaela, de parientes por consanguinidad en línea directa ascendente y descendente hasta el segundo grado y en línea colateral hasta el cuarto grado; por afinidad en línea directa ascendente y descendente hasta el segundo grado y en línea colateral hasta el cuarto grado; y del cónyuge o conviviente” de los siguientes funcionarios: intendente municipal, concejales, jefe de gabinete, los secretarios y subsecretarios del Departamento Ejecutivo Municipal, personal de gabinete, fiscal municipal, jueces de Falta, los secretarios privados del intendente, y los secretarios y prosecretarios del Concejo municipal.

La ordenanza profundiza aún más las restricciones, otorgándoles un carácter retroactivo, al determinar que “los contratos que impliquen prestación de servicios en el sector público, vigentes a la fecha de promulgación de la presente ordenanza, si se prueba la relación de parentesco, no podrán ser renovados al vencimiento del plazo; con excepción de los profesionales contratados, que tendrán la posibilidad de renovar sus contratos, siempre y cuando rindan concurso público”.

Asimismo se deja a salvo de que “en caso de que la Municipalidad de Rafaela efectúe un llamado a concurso para el nombramiento de personal permanente en los términos de la ley 9.286, no existirá ningún impedimento para que los parientes de cualquier grado de los funcionarios puedan presentarse y concursar el cargo correspondiente”.

Considerandos

Entre las cuestiones que llevaron a proponer esta limitación se destaca que su aprobación “tiene como ventaja impedir que la ciudadanía, en condiciones de idoneidad para acceder a cargos públicos se encuentre en desventaja de quienes mantienen un grado de parentesco con los encargados de gestionar las cuestiones públicas”. En el mismo sentido indica que “de acuerdo a la doctrina más calificada, la forma de medir idoneidad es a través de concursos públicos, es decir, procedimientos tendientes a conocer entre varios aspirantes que poseen los requisitos para ocupar el cargo- quién o quiénes son los más capacitados para el mismo”.

En el mismo sentido, se expone que con la ordenanza “se busca dar mayor transparencia a la gestión del municipio, otorgando objetividad en la selección de personal, manteniendo la igualdad de los ciudadanos, a los efectos de mejorar la forma republicana de gobierno consagrada expresamente en el Art. 1º de la Constitución Nacional”.

“La tendencia generalizada en las estructuras políticas, conocida como ‘nepotismo’, esto es la preferencia que tienen algunos gobernantes o funcionarios públicos para dar empleos públicos a familiares, sin tomar en cuenta la competencia respecto de la labor, sino su lealtad o alianza”, denuncia en otro tramo.

De igual manera advierte que “las corporaciones actúan y presionan sobre lazos morales particulares que unen a sus miembros y que justifican una acción conjunta autodesinteresada aun en perjuicio de la sociedad conjunta”.

Autolimitación

El concejal Luis Telesco, radical en el Frente Progresista, valoró la “autolimitación” del Estado municipal porque significa, ni más ni menos, que “respeto a la ciudadanía”. Al tiempo que pidió que “se siga el ejemplo en otras ciudades y otros niveles gubernamentales, como el nacional o el provincial”.