Distintas agrupaciones lo condenaron

Aborto no punible: apelarán el fallo

El gobierno provincial anunció que apelaría la resolución dictada por el juez civil Claudio Bermúdez, que hizo lugar -parcialmente- a la medida cautelar interpuesta por el Partido Demócrata Cristiano (PDC) contra el protocolo que regula el aborto no punible, dejando en suspenso la posibilidad de acceder a la práctica en casos de violación, sin más requisito que una declaración jurada que dé cuenta de la agresión sufrida.

La suspensión de la guía técnica seguirá en pie hasta que un tribunal superior se pronuncie sobre el tema y, mientras tanto, se aplicará la que rigió hasta 2007.

La decisión judicial fue duramente cuestionada desde distintos sectores. Entre ellos, el Programa de Género, Sociedad y Universidad de la UNL, el Área Mujer y Diversidad Sexual del Gobierno de la Ciudad de Santa Fe y el Inadi delegación Santa Fe, que anunciaron para mañana una conferencia de prensa sobre el tema, en el Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, para reivindicar “el derecho al acceso seguro al aborto no punible”, tal como lo consagró recientemente en sus resoluciones la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En las mencionadas resoluciones -argumentan- se establece que la Constitución y los Tratados de Derechos Humanos, reconocidos por la misma, no prohíben la realización de abortos establecidos en el artículo 86 inciso 2º del Código Penal sino que, más aún, impiden castigarlos respecto de toda víctima de una violación en atención a los principios de igualdad, dignidad de las personas y de legalidad.

En segundo lugar, la Corte deja sentado que el plantel médico en ningún caso debe requerir autorización judicial para realizar esta clase de abortos, debiendo practicarlos atendiendo a un solo requisito: la declaración jurada de la víctima, o en su caso de su representante legal, en la que manifieste que el embarazo es consecuencia de una violación. Asimismo, en uno de sus fallos la Corte establece que todas las mujeres que han sufrido un embarazo producto de una violación pueden requerir la práctica de un aborto sin necesidad de una autorización judicial.

“En este marco y a la luz de los Derechos Humanos, se refuerzan las garantías de no punibilidad de estas prácticas, tanto para la víctima como para plantel médico a cargo de dicha intervención.

Entendemos que las medidas como la dictada por el juez santafesino constituyen casos de violencia institucional contra las mujeres y de revictimización, del mismo modo que dejan al descubierto una deuda importante de los Estados en el ejercicio de la ciudadanía de las mismas”, concluyeron.