El fallo sobre el Consejo de la Magistratura

La Corte ratificó jurisprudencia sobre el control constitucional

Al declarar inaplicables los principales artículos de la ley, el Tribunal cuestionó los motivos del gobierno y refutó los argumentos basados en la soberanía popular.

 

De la redacción de El Litoral

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró la inconstitucionalidad de la nueva ley del Consejo de la Magistratura y frenó la integración de ese cuerpo con 19 miembros y la elección popular de los representantes de los jueces, abogados y académicos.

También declaró “inaplicable” el nuevo quórum de mayoría simple para seleccionar o remover a los jueces y puntualizó que su resolución “no implica afectación alguna del proceso electoral para los cargos de diputados y senadores nacionales”.

En tanto, especificó que en los puntos declarados inconstitucionales sigue rigiendo la anterior ley del Consejo, es decir la integración de 13 miembros, la elección entre pares y la mayoría de dos tercios para proponer nombramientos o remociones de jueces.

Los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda consideraron que la nueva ley viola el “equilibro” que el artículo 114 de la Constitución Nacional establece para la integración del Consejo.

Los jueces también resaltaron “el ejercicio del control de constitucionalidad” por parte del Poder Judicial, que “ha recibido del pueblo argentino -a través de los constituyentes- el legítimo mandato democrático de defender la supremacía de la Constitución Federal”.

Los magistrados Carmen Argibay y Enrique Petracchi también votaron por la inconstitucionalidad pero lo hicieron en un voto aparte aunque con el mismo sentido que sus otros colegas. Entendieron que “el declarado propósito de la ley 26.855 de ampliar la base democrática de la elección de los miembros del cuerpo” es contraria a la “voluntad popular expresada en la Convención Constituyente”, que fijó la elección entre pares.

En el fallo, el voto de la mayoría señaló como una cuestión trascendente que el control de constitucionalidad es “legítimo” y puso como ejemplo una serie de leyes que, con su intervención, fueron declaradas inconstitucionales por esta facultad de la Justicia.

Ante muchas críticas del kirchnerismo al procedimiento, la sentencia señaló que ese control “es lo que permitió que se declarara la inconstitucionalidad” de, entre otras leyes, las de Obediencia Debida y de Punto Final “que impedían juzgar las graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante la última dictadura militar”.

También la Corte se refirió como un hito a la ley de Matrimonio Civil que, al impedir a las personas divorciadas volver a casarse, “limitaba la autonomía individual”.

Los jueces mencionaron además, entre otras, la ley penal que, al castigar la tenencia de estupefacientes para consumo personal, “no respetaba la autonomía personal” y la que permitía la interceptación de comunicaciones personales.

Leandro Busatto lamentó el fallo “corporativo”

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El diputado provincial Leandro Busatto (FPV) sostuvo que el fallo que declaró inconstitucional la “democratización de la Justicia” -que impulsó el gobierno nacional y votó la mayoría en el Congreso- “pone a la Corte de Justicia de la Nación en la cúspide de la corporación judicial; y al defender esos intereses corporativos desconoce profundamente lo que la sociedad está reclamando, una Justicia que actúe con mayor legitimidad, que acepte la participación y la democratización de ese Poder”.

Ante una pregunta de El Litoral, expresó: “No creo que como se ha dicho este fallo haya atentado contra el gobierno nacional, atenta contra el pueblo argentino, contra el sistema democrático y contra las aspiraciones de la mayoría de la sociedad”.

Para el legislador kirchnerista la mayoría de los miembros de la Corte han hecho “una interpretación excesivamente restrictiva del artículo 114 de la Constitución Nacional, y no han respetado la voluntad primaria del constituyente de delegar en el Congreso de la Nación, mediante la reglamentación del artículo constitucional, la forma de asegurar un correcto funcionamiento del Consejo de la Magistratura”, aseguró el joven legislador del Bloque Kirchnerista del Frente para la Victoria del Partido Justicialista.

“Pienso por otra parte que si el Consejo de la Magistratura hubiera funcionado de otra forma... o si al menos no hubiera funcionado siempre en el mismo sentido, esta reforma no se habría discutido. Hay que subrayar que hubo proyectos de ley para democratizar la Justicia y para ampliar la participación de la población porque esa instancia no ha mejorado el funcionamiento del sistema judicial”, lamentó.

Consultado sobre qué hará el oficialismo ante el fallo adverso, Busatto destacó: “Lo que hoy ocurre ratifica que en la Argentina pese a lo que dicen algunos existe una plena independencia de los Poderes”.

Busatto anunció que el martes próximo, en la Legislatura santafesina, se realizará una Jornada Provincial por una Justicia Legítima bajo el título: “Desafíos pendientes de la Justicia”.

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Lección

“Nuestra democracia, que ya lleva 30 años de ejercicio, ha dado una lección al Poder Ejecutivo. No se puede subordinar la Justicia a los intereses de las mayorías circunstanciales.” Mario Barletta, presidente de la UCR.

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Dictadura

“Hablan de dictadura de los jueces, porque no les dan la razón. Pero estamos más cerca de tener un Poder Ejecutivo que quiera dictar sentencias judiciales, que de un Poder Judicial que quiera gobernar”. Mario Cimadevilla (consejero de la Magistratura).

Por qué la ley es inconstitucional

Rompe el equilibrio del Consejo de la Magistratura, ya que todos sus miembros -directa o indirectamente- surgen de los partidos políticos.

Desconoce el principio de representación de los estamentos técnicos, ya que los consejeros no son electos por sus “representados”.

Compromete la independencia judicial, al obligar a los jueces a intervenir en la lucha partidaria.

Vulnera el derecho de los ciudadanos, al distorsionar el proceso electoral con exigencias que suponen “una barrera electoral irrazonable y discriminatoria”

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Efecto

“Gracias a Dios, los abogados y el resto de la sociedad hicimos lo que los partidos políticos no pudieron, no quisieron o no supieron hacer. (A la lista de consejeros) se la van a tener que meter en el culo”. Jorge Rizzo, presidente del Colegio de Abogados de la Capital Federal.

Zaffaroni

El juez de la Corte Raúl Zaffaroni votó por la constitucionalidad de la nueva ley del Consejo de la Magistratura, aunque admitió que “puede ser que esta nueva estructura esté condenada al fracaso” y que “es factible incluso que se trate de un nuevo error político”.

El magistrado consideró que la norma es constitucional porque en la reforma de 1994 se delegó en el Congreso “la tarea de finalizar la estructuración del Consejo de la Magistratura en una ley especial sancionada por la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara”, lo que ocurrió en este caso.

“El juez -y en este caso el consejero- una vez designado es independiente de todo partido y no está sujeto a sus órdenes ni mandatos. Si alguno se somete a esta condición, esto no será resultado de la elección, sino de su propia falla ética, al igual que sucede con los jueces, si acaso alguno se considera vinculado o sometido a la fuerza política que incidió en su nombramiento”, agregó el magistrado.