Capital Federal

Elevaron a juicio oral el caso Ángeles Rawson

  • La decisión fue tomada por el juez de instrucción, luego de que la Cámara del Crimen porteña rechazara los últimos planteos de nulidad de la defensa del único acusado, Jorge Mangeri.

DyN

El juez de instrucción Javier Ríos elevó a juicio oral y público la causa en la que se investiga el homicidio de la adolescente Ángeles Rawson, y en la cual está como único acusado el portero Jorge Mangeri.

El expediente fue remitido a la Cámara Federal de Casación Penal, que designó por sorteo al Tribunal Oral en lo Criminal 9 de la Capital Federal para que lleve adelante el debate.

El juez Ríos adoptó la decisión después de que se conociera que la Cámara del Crimen porteña rechazó los últimos planteos de nulidad de la defensa de Mangeri, encargado del edificio en donde vivía la joven.

El portero está procesado por los delitos de abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa agravado y feminicidio, aunque las calificaciones legales varían entre la querella y la Fiscalía. Eso fue lo que motivó la última nulidad planteada por el defensor de Mangeri, el abogado Adrián Tenca, rechazada el viernes de la semana pasada.

El TOC 9 está integrado por los jueces Luis María García, Ana Dieta de Herrero y Fernando Ramírez. Ese tribunal es el mismo que en la actualidad juzga a dos agentes penitenciarios acusados de golpear y vejar a un detenido en los calabozos del Palacio de Tribunales.

Ángeles Rawson había desaparecido el 10 de junio pasado y al día siguiente fue hallada muerta en un predio de la Ceamse, en la localidad bonaerense de José León Suárez.

Luego de la etapa de instrucción, la querella a cargo del abogado Pablo Lanusse “aseveró que se consumó el abuso sexual y luego, por no haberse podido concretar el acceso carnal, se produjo una nueva decisión criminal: un homicidio para ocultar y procurar la impunidad del delito previamente cometido.

Dos hechos, dos conductas y dos dolos”, según la causa. Pero, según el abogado Tenca, la fiscal Paula Asaro “consideró que la conducta que ocasionó el resultado mortal fue concomitante con el abuso sexual. Un hecho, una conducta y un dolo”, lo cual significaba -dijo- que el Ministerio Público “mutó la base fáctica” de la acusación, razón por la que efectuó el planteo.

Sin embargo, los camaristas Marcelo Lucini y Ricardo Pinto sostuvieron que todos los pasos del proceso “se han sustentado en la misma plataforma fáctica sobre la cual Mangeri ejerció su defensa”, pues “en los actos procesales relevantes de la instrucción estuvo presente el ataque a la integridad sexual de Ángeles Rawson, la resistencia por ella opuesta frente a la agresión ilegítima y su posterior muerte a causa de un mecanismo de asfixia mixto manual”.

El tribunal concluyó que “no se ha creado un estado de indefensión para el imputado” y que “no hay sorpresa que le impida defenderse y plantear su estrategia en el debate”, añadieron los jueces Lucini y Pinto.

Por su parte, el tercer integrante del tribunal, Mario Filozof, sumó a los argumentos de sus colegas que en la etapa del juicio oral “la defensa tiene todas las armas para acceder a sus pretensiones, pedir prueba, argumentar, contradecir a los acusados, por lo que no se comprende cuál es su agravio”.

“Es manifiesta la inconsistencia de lo reclamado por Mangeri, la absoluta inexistencia de afectación de derecho de cualquier naturaleza pues sin esfuerzo puede sostenerse que no existen sorpresas, garantizando todas las posibilidades”, resumió.