Para Santa Fe

Proponen ley para arbolado público

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Todos por el árbol. La iniciativa pretende revalorizar la importancia del recurso forestal.

Foto:Archivo

La Comisión de Arbolado y Espacios Verdes Públicos del Colegio de Ingenieros Agrónomos de la provincia han elaborado un Proyecto de ley que ya ingresó en la Cámara de Diputados para reconocer la función ambiental vital.

 

Este proyecto de ley conserva el espíritu de la ley vigente en cuanto a la protección y mantenimiento del arbolado público. Considerando su vital importancia, sus funciones y beneficios, lo reconoce formalmente como un servicio ambiental público, tanto al arbolado público en sí, como a la planificación y gestión del mismo, tareas que deben realizarse desde los Municipios y Comunas.

Respecto a los elementos que conforman el arbolado público, el proyecto presentado amplía la definición del mismo afirmando que “pertenecen al arbolado público ejemplares de especies arbóreas y arbustivas existentes en veredas, parques, plazas, paseos, rutas, escuelas, hospitales y todo lugar destinado al uso público, en áreas provinciales, municipales y comunales, tanto urbanas como rurales, márgenes antropizadas de cursos de aguas, zonas de recreación, reservas urbanas protegidas”.

En cuanto a la autoridad de aplicación de la ley, se conserva lo establecido en la ley 9004, siendo este organismo actualmente la Secretaría de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente, dependiente del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente de la Provincia de Santa Fe. A este organismo se le otorga mayor injerencia, encomendándole la difusión de los objetivos de la ley, la capacitación de los profesionales vinculados al tema, la promoción de la plantación y conservación del arbolado en rutas y el fomento a la implementación de cortinas arbóreas de protección en zonas periurbanas.

Obligatoriedad

Si bien en la actualidad las Municipalidades y Comunas deben presentar a la Secretaría de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente, un informe anual de actividades relacionadas al arbolado público, aguardando su autorización, la nueva ley establece la obligatoriedad de contar con el asesoramiento de un Ingeniero Agrónomo o Ingeniero Forestal matriculado en su respectivo Colegio. Este profesional deberá elaborar un Plan de Ordenamiento Arbóreo, que incluye un censo del arbolado y su planificación a largo plazo, además de los mencionados informes anuales y tendrá a su cargo todas las tareas inherentes al arbolado público.

Conjuntamente a la prohibición de la poda y extracción del arbolado público que establece la ley 9004, esta nueva ley prohibirá la poda de raíces, la fijación y acumulación de elementos extraños en los árboles, la aplicación de sustancias químicas de efecto herbicida, y cualquier intervención que cause daño a los árboles o modifique su estado natural. Las infracciones a estas prohibiciones originarán multas cuyos montos serán recaudados por las Municipalidades y Comunas de la jurisdicción donde se constate el daño. El Organismo de Control y Fiscalización o los Municipios y Comunas, según el caso, estarán facultados para exigir a los infractores, la reposición de los ejemplares dañados, además de las multas.

Mecanismo

  • Las Municipalidades y Comunas podrán establecer una tasa por el servicio de plantación, manejo y conservación del arbolado público que destinarán al financiamiento de los gastos necesarios para el cumplimiento de la ley. La idea pretende legitimar el rol fundamental del arbolado público en el medio urbano y rural y garantizar su mantenimiento y protección, en beneficio del hombre actual, el ambiente y las generaciones futuras.