Justicia de menores

De la ideología tutelar a la Ética del cuidado

Por Osvaldo Agustín Marcón

La vieja ideología tutelar en el ámbito de la Justicia “de menores” viene, aunque lentamente, dejando su lugar a las denominadas perspectivas de derechos. No obstante, varias de dichas miradas tienden a quedar rápidamente fagocitadas por nuevas formas de tutela, ahora tecnocráticas y desubjetivantes, que dominan el escenario en nombre de algunas garantías, fundamentalmente penales. Se trata de procedimientos técnicos que reducen significativamente el protagonismo infanto-juvenil a manos de distintos operadores, colocados en el lugar de voceros técnicos y por ende presuntamente asépticos, libres de toda carga subjetiva, ideológica, etc. Paradójicamente esta operación acarrea un significativo amesetamiento en los debates y las prácticas que, por este camino, quedan usualmente reducidos a “refritos” de conceptos provenientes del costado meramente técnico del discurso estatal-jurídico.

Como decimos, en la base de esta remozada ideología aparece el señorío de lo técnico elevado al estatus de paradigma ético. Pero en ese substrato aparecen motivaciones más profundas que en no pocos casos abrevan, nuevamente, en la fórmula tutelar compasivo-represiva de inicios del siglo XX.

Para avanzar con esta construcción tecnocrática se tiraron por la borda gran parte de los postulados humanistas tras lo cual allí donde debiera verse un niño sujeto de derechos, se atiende cada vez más a un mero objeto pasivo de operaciones socio-jurídicas. No se trata, claro está, de la malicia de unos contra otros sino del efecto lógico de considerar lo técnico (jurídico, psicológico, psiquiátrico, social, etc.) como exento de connotaciones políticas e ideológicas.

Sin embargo, a la par de estas tendencias, y aunque nacida en otro campo, viene desarrollándose la denominada Ética del cuidado. En este sentido y puesto que la Justicia “de menores” interviene sobre ciudadanos menores de edad, convendría atender estos desarrollos alternos que prometen potenciarla. En dicha línea recordemos que fue el psicólogo Lawrence Kohlberg quien formuló la Ética de la justicia como corolario de su teoría sobre el desarrollo moral de niños y niñas. Allí postulaba una cierta inferioridad de estas últimas frente a los primeros, lo que fue criticado por Carol Gilligan quien sostuvo que entre niños y niñas hay diferencias en las formas de pensar pero no superioridad de unos sobre otras. Según Gilligan las mujeres dan más relevancia a lo vincular y las responsabilidades en el cuidado de los otros (Ética del cuidado) mientras que los hombres privilegian el cumplimiento abstracto de deberes y el ejercicio de derechos (Ética de la justicia).

No se trata de desechar una en favor de la otra pero sí de advertir la conveniencia de la fecundación entre ambas éticas en el contexto latinoamericano. Esto permitiría superar el referido amesetamiento tutelar-tecnocrático, en pro de enfoques realmente integrales. Algunas de las razones como para, siempre críticamente, atender esta propuesta surgen de la denominada Perspectiva poscolonial. Al respecto señalemos que ni Kohlberg ni Gilligan pensaron desde América Latina (son estadounidenses), razón por la cual las particularidades del pensamiento indígena local y, menos aún, las del mayoritario pensamiento mestizo no están presentes en su ideario. No obstante en esas limitaciones reside buena parte de su fortaleza pues no se ofrece como un enlatado de ideas sino como insumos abiertos. Esto se potencia más aún cuando se advierte que la Ética del cuidado enhebra con particular eficacia las distintas generaciones de derechos humanos, cotidianizándolos frente a su creciente burocratización.

Sin agotar las razones favorables, cerremos diciendo que esta óptica impele tanto a la teoría como a la práctica. Por supuesto que, entonces, trae la necesidad de complejizar los diseños institucionales antes que acudir a copias mecánicas y débiles en creatividad. Este camino puede ser pensado en términos de Justicia restaurativa, epistemológicamente vigilada desde la Ética del cuidado. Para ello es fundamental tener presente que teorías y técnicas que no cuidan a los ciudadanos se transforman en burdas caricaturas de lo que dicen ser.

No se ofrece como un enlatado de ideas sino como insumos abiertos; esto se potencia más aún cuando se advierte que la Ética del cuidado enhebra con particular eficacia las distintas generaciones de derechos humanos, cotidianizándolos frente a su creciente burocratización.