Bicentenario de la provincia de Santa Fe (1815 - 2015) - 7

El Congreso de Oriente y la Independencia

19_liga_pueblos_libres.pdf
 

por Julio César Rondina (*) y Alberto Umpierrez (**)

Con la declaración autonómica del 24 de marzo de 1815 Santa Fe se incorporó al movimiento independentista liderado por José Gervasio Artigas, el “jefe de los orientales”. La Liga reunía a los pueblos de la Banda Oriental y del Litoral fluvial cuyos diputados se reunieron el 29 de junio en el “Arroyo de la China” (Concepción del Uruguay), en lo que se llamó “Congreso de Oriente”, donde Santa Fe estuvo representada por el Dr. Pascual Diez de Andino.

Se ha instalado una interesante polémica en torno a este congreso; hay quienes sostienen que allí hubo una “declaración de independencia” y señalan que eso ocurrió el día 29 de junio de 1815. Otros niegan esta hipotética declaración y remiten la fecha de la Independencia al Congreso de Tucumán, el 9 de Julio de 1816.

Con este artículo pretendemos aportar algunos elementos de juicio que quizá puedan contribuir a la comprensión de aquel momento histórico tan importante, para Santa Fe, la región rioplatense y el continente sudamericano.

Sabido es que no se han conservado actas, manifiestos, ni declaraciones resultantes del Congreso de Oriente, y a falta de documentos oficiales, surgen diversas interpretaciones, especulaciones y conjeturas, todas muy válidas y atendibles, pero igualmente discutibles.

Supuestos ideológicos

La época de Artigas, la de nuestra independencia americana, fue una época de transición ideológica y cultural, en la cual se cuestionaron algunos dogmas preexistentes, y se experimentaron muchos conceptos nuevos. El propio Artigas plantea varios de éstos, y una combinación de ideas por demás original. Por lo tanto, no es conveniente estudiar y pretender interpretar aquel tiempo atándonos a las ideas del presente, porque seguramente no son aplicables e inducen a error. En este sentido, palabras como “independencia nacional” y “soberanía nacional” tienen un significado peculiar si las consideramos en el marco del siglo XIX.

¿Cómo se entiende la idea de que “la soberanía particular de los pueblos” será precisamente declarada y ostentada como el objeto único de nuestra revolución? ¿Cómo se entiende la idea de que “no admitirá otro sistema que el de confederación para el pacto recíproco con las provincias que formen nuestro Estado?” ¿Cómo se entiende la idea de “que esta Provincia retiene su soberanía, libertad e independencia, todo poder, jurisdicción y derecho que no es delegado expresamente por la Confederación a las Provincias Unidas juntas en Congreso”?

La frase de la discordia y la discordia de 1815

La prueba documental más importante que se exhibe sobre la eventual existencia de una declaración de independencia el 29 de junio de 1815, es la carta que Artigas le envía al designado Director Supremo de las Provincias Unidas, Martín de Pueyrredón, el 24 de julio de 1816, respondiendo a su invitación para adherir a la Declaración de Independencia aprobada por el Congreso de Tucumán pocos días antes. Dice Artigas en esta misiva: “Ha más de un año que la Banda Oriental enarboló su estandarte tricolor y juró su independencia absoluta y respectiva. Lo hará V.E. presente al Soberano Congreso para su Superior conocimiento.

Aunque no dice cuándo, explica claramente que “la Banda Oriental” juró su independencia absoluta “y respectiva”. No se refiere a las otras provincias integrantes de la Liga, ni a la Liga en su conjunto, sino exclusivamente a la Banda Oriental en forma respectiva, o sea particular.

Además, la carta dice otra cosa muy significativa al asociar dos actos: “Enarboló su estandarte tricolor y juró su independencia”. Esta asociación permite interpretar que el juramento de Independencia fue simultáneo con el enarbolamiento del estandarte tricolor, lo cual sitúa esas proclamaciones de independencia particulares de cada provincia (no sólo de la Banda Oriental) en fechas anteriores al Congreso de Oriente, que se conocen con precisión.

Pero no es el único documento que da cuenta de que hubo una (o varias) “declaración de independencia”. Nicolás Herrera, en carta a José Rondeau fechada en Río de Janeiro el 22 de agosto de 1815, dice: “Las Provincias se declararon independientes y los Pueblos en Provincias; por todas partes y en los lugares más cortos, sólo se hablaba de legislación, de constitución, Congreso y Soberanía”.

Izamiento de banderas y juramentos

Veamos pues las fechas a las cuales nos referimos:

1) El 13 de enero de 1815 es izado por primera vez el pabellón artiguista en el corral de Sopas del Lunarejo, en Arerunguá, provincia oriental, donde Artigas tenía su cuartel general.

2) El 17 de enero Blas Basualdo se suma y también iza una bandera tricolor en su Cuartel General de Saladas; en la provincia de Corrientes.

3) El 1º de marzo, el propio Artigas cruza a Arroyo de la China (Concepción del Uruguay) y enarbola el pabellón tricolor, que en los días siguientes se extenderá a todas las poblaciones de Entre Ríos.

4) El 24 de marzo de 1815 ocurre lo mismo en Santa Fe. En realidad, se planta la bandera en la plaza, se jura la independencia absoluta y se festeja durante 3 días a partir del 3 de abril de ese año, a pedido expreso de Artigas por nota enviada al Cabildo de esta ciudad.

5) El 26 de marzo, flamea por primera vez en Montevideo una bandera tricolor. Es la que lleva la franja punzó cruzada en diagonal.

6) El 17 de abril de 1815, el gobernador de Córdoba, José Javier Díaz, publica una proclama considerándose que los cordobeses son “libres e independientes de toda otra autoridad que no sea la de esta capital”.

7) En mayo, Artigas instala su cuartel general en Purificación, enarbolando allí su bandera.

8) Finalmente, las provincias liberadas del dominio español y del centralismo porteño, ya en pleno ejercicio de su soberanía particular, libertad republicana e independencia absoluta, se reúnen en Arroyo de la China el día 29 de junio.

Particular interés revisten, en este contexto, las instrucciones al diputado de Santa Fe que concurriría al congreso, Pascual Diez de Andino, de las que se desprende que las provincias que concurrían a ese encuentro ya eran independientes antes de que se realizara el mismo.

Del acta surge con claridad que las provincias eran soberanas, pretendían seguir siéndolo, y querían avanzar en la constitución de un gobierno superior de la Confederación que velara por el bien general, “sin que por eso los Pueblos unidos pierdan la más mínima prerrogativa de sus derechos”.

Conclusiones

Realizado este breve exordio, caben algunas precisiones, por demás provisorias. En el marco de la lógica de Confederación expresada en las Instrucciones del Año XIII: las provincias deben ser primero independientes para luego entrar en Confederación mediante el “pacto recíproco” entre iguales. No es posible la Confederación sin una previa declaración o juramento de independencia de cada una de las provincias por separado. Lo cual también es coherente con el principio expresado por Artigas de que “la Soberanía Particular de los Pueblos será precisamente declarada y ostentada como el objeto único de nuestra revolución”.

Siguiendo esta línea de pensamiento, es razonable admitir que quienes participaban en el Congreso de Oriente ya habían declarado su independencia, con lo que el primer paso para la constitución de una confederación estaba dado. Lo que se propusieron fue avanzar en la Constitución de las Provincias Unidas del Río de la Plata, lo cual suponía una negociación con Buenos Aires.

La importancia política del Congreso, en cuanto a su trascendencia histórica, radica en que allí se reunió una parte principal del territorio habitado (la observación en el mapa del espacio que abarcaban los Pueblos Libres, en relación al resto de las provincias que se reunirían en Tucumán, lo certifica), que ya pensaban una forma de organización constitucional. Ello conlleva, ineludiblemente, la idea de independencia: no es posible organizar jurídicamente, en forma autónoma, un territorio dependiente de otro poder.

Pero a su vez, está indicando que estas provincias eran quienes habían enarbolado, con mayor fidelidad, los principios emergentes del proceso de Mayo.

(*) Presidente del Instituto Artiguista de Santa Fe.

(**) Historiador (República Oriental del Uruguay).

Es razonable admitir que quienes participaban en el Congreso de Oriente ya habían declarado su independencia, con lo que el primer paso para la constitución de una confederación estaba dado.