Un año de prisión

Condenado por los destrozos al consultorio de su ex pareja

  • La Justicia encontró culpable a Ignacio De Iriondo por el delito de daño, mientras que resultó absuelto por amenazas coactivas. El veredicto no hace alusión a la violencia de género.
24-A-DSC_3126.jpg

El veredicto fue leído esta mañana por el juez Eduardo Pocoví, que unificó la pena en siete años a causa de una condena anterior. Foto: Flavio Raina

 

De la Redacción de El Litoral

[email protected]

El juez penal Eduardo Pocoví condenó hoy a la pena de un año de prisión efectiva a Ignacio Enrique De Iriondo, como autor responsable del delito de “daño” y lo declaró reincidente, revocándole la libertad condicional de la que gozaba desde febrero de 2014. Por otra parte, lo absolvió por el delito de amenazas coactivas contra su ex pareja.

Esta mañana se conoció el veredicto de lo que hasta aquí había sido presentado como un caso de violencia de género, la cual no pudo ser acreditada en esta instancia por el Ministerio Público de la Acusación.

Al menos así lo reconoció la fiscal Graciela Parma, que aunque “absolutamente conforme” con el fallo, dijo que “la falta de condena en esta instancia de la violencia de género es nada más que un diferimiento en el tiempo”.

Asimismo aseguró que “los daños estaban totalmente probados y fueron en el contexto de violencia de género porque no se obtiene una condena de un año por dos vidrios y una persiana rota, lo que se estaba condenando era la violencia de género”, reiteró.

La fiscal Parma se lamentó porque “la violencia de género es un delito que no está tipificado en el Código Penal, y las amenazas coactivas en esta causa de hoy no estaban todavía suficientemente probadas; pero no apelo el fallo porque tengo una segunda denuncia hecha por la víctima, por la madre y por el hermano y allí tengo absolutamente todas las pruebas”, adelantó.

Pena única

Si bien De Iriondo lleva preso, por este hecho, la totalidad de la pena impuesta -está en prisión preventiva desde noviembre de 2014-, éste no recuperará la libertad en el corto plazo, dado que el juez Pocoví unificó la pena con una condena anterior a 6 años de cárcel que vence recién el 20 de febrero del año próximo. Entonces le impuso una pena única de siete años de prisión con vencimiento el 14 de noviembre de 2017.

A propósito de los hechos que fueron ventilados en el juicio, la fiscalía acusó a De Iriondo por dañar la fachada del consultorio particular de su ex pareja, ocurrido el 10 de noviembre del año pasado en barrio Candioti. Se le atribuyó la rotura de dos vidrios y una persiana, cuando supuestamente pretendía ingresar para hablar con la psicóloga de 38 años con la cual mantenía una relación afectiva.

Apelación abierta

Por ese caso, De Iriondo fue detenido y llevado ante los tribunales locales, donde fue puesto en libertad con la expresa restricción de no acercarse a la víctima ni su entorno. A los pocos días fue nuevamente denunciado por supuestas amenazas telefónicas que quedaron desvirtuadas en este juicio y por lo tanto resultó absuelto.

La fiscal Parma había reclamado 3 años de prisión para el imputado, mientras que los abogados Mario Guedes y Sebastián Moleón del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal solicitaron la absolución de su pupilo, al tiempo que dejaron planteados sendos recursos de inconstitucionalidad y extraordinario, que hoy les fueron concedidos por el magistrado.

El dato

Restricción.

Autoridades de la Oficina de Gestión Judicial de primera instancia reiteraron hoy la prohibición expresa para los medios gráficos y audiovisuales de registrar la imagen del imputado. La imposición adoptada desde el inicio del juicio responde a un pedido del propio Ignacio Enrique De Iriondo y que la defensa pública trasladó al juez Pocoví, que determinó la restricción a la labor de la prensa.