Caso Albertengo

Descargo de la Defensoría Pública

El crimen del suboficial de policía, Mauro Mansilla, ocurrido el pasado 8 de marzo mientras cumplía funciones en la ciudad de Rosario, generó conmoción en la sociedad toda y despertó las críticas hacia el Servicio Público Provincial de la Defensa Penal (Sppdp) que dirige el defensor General, Gabriel Ganón, por las innumerables gestiones realizadas en favor del imputado Ricardo Albertengo, quien se entregara personalmente en la Unidad Penitenciaria Nº 3.

“Sin motivos que lo justifiquen, hemos notado que desde algunos sectores se intenta vincular a este Ministerio Público y al defensor Provincial con la “libertad” que gozaba el señor Albertengo al momento de cometer el homicidio”, señalaron desde el organismo en un comunicado de prensa.

Ante tal situación, el Sppdp pidió “aclarar ante la opinión pública, los medios de comunicación y especialmente ante los familiares, amigos y compañeros del suboficial Mansilla cuál fue nuestra actuación”:

1) Ricardo Albertengo cometió una serie de ilícitos mientras gozaba de salidas transitorias entre julio y octubre de 2009, de los que se confesó autor. La Justicia lo condenó a 17 años de prisión en un juicio abreviado de común acuerdo entre su defensora y el fiscal -ambos dependían de la Procuración General- y con la firma del principal interesado. Pero como los cometió mientras purgaba una condena anterior de 20 años y gozaba de salidas laborales, por reincidencia, se le unificaron ambas sentencias y quedó conminado a 37 años de cárcel.

2) Ricardo Albertengo pidió a su defensora oficial que apelara su caso, puesto que semejante confinamiento supera los 25 años de prisión que representan la condena a reclusión perpetua aplicada a represores por delitos de lesa humanidad. Pero tanto la defensora de oficio como la defensora de Cámaras no hallaron razones para atender el planteo de Albertengo, y la Corte Suprema de la provincia lo archivó y declaró firme la sentencia.

3) En el año 2011 -y a pedido del Sr. Albertengo-, el defensor Provincial, Dr. Gabriel Ganón, presentó el recurso ante la Corte Suprema de Justicia local que no había presentado la Defensa Pública (todavía del antiguo sistema) que dependía del procurador General. El reclamo de Ricardo Albertengo ante la Corte Suprema provincial fue rechazado y a pedido nuevamente del interesado se interpuso un nuevo recurso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación que también fue rechazado. Ante esa circunstancia -y por petición del interesado-, se efectuó el reclamo ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el año 2013 argumentando que la condena aplicada había sido resultado de la indefensión en el proceso del señor Albertengo.

4) Todos los pedidos efectuados por este Ministerio Público (ante la Corte Suprema provincial y nacional y ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos) no tienen ninguna relación con las salidas transitorias de las que gozaba, las que fueron otorgadas en julio de 2015 por decisión de la jueza de ejecución penal meses antes de profugarse.

6) Este Ministerio Público no efectuó en el caso del señor Albertengo ni pedido de salidas transitorias, ni pedido de conmutación de pena, ni lo defendió procesalmente en ninguna de las instancias anteriores, sólo se limitó a darle curso al reclamo ante los tribunales locales e internacionales.

7) El Sr. Albertengo al momento de cometer el homicidio estaba prófugo de la Justicia ya que la jueza Dra. Prunotto así lo advirtió, porque no había regresado a la cárcel después de haber gozado de una salida transitoria. Este Ministerio Público no ha tenido contacto alguno con el señor Albertengo desde el año 2014.

Por último, el defensor público hizo llegar sus “más sinceras condolencias a los familiares, amigos y compañeros del suboficial Mauro Mansilla, ante la irreparable pérdida sufrida”.