La zona también sufrió el temporal

La emergencia se estiró hasta el sur de 9 de Julio

La Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria decidió esta semana incorporar 7 distritos del único departamento que había quedado fuera de las prerrogativas del decreto 807. La medida se haría efectiva la semana entrante con la firma del gobernador Miguel Lifschitz.

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Una reunión técnica de la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria decidió el último jueves 12 de mayo incorporar 7 distritos del sur del departamento 9 de Julio a la emergencia que ya regía en los 18 restantes departamentos de la provincia de Santa Fe, como consecuencia de los excesos hídricos que generaron las inusuales lluvias del mes de abril.

Reunidos en la sede del Ministerio de la Producción, participaron del encuentro el Secretario de Agricultura provincial, Carlos Corvalán, el director del Centro Regional Santa Fe del INTA, José Luis Spontón, y el vicepresidente de la Confederación de Asociaciones Rurales de Santa Fe (Carsfe), Jorge Heer, y Guillermo Cullen por la Sociedad Rural, además de técnicos de la cartera productiva.

Al término del encuentro, en el que se analizó la situación productiva de la región, se determinó incorporar a la emergencia agropecuaria dispuesta por el decreto 807 a los distritos Pozo Borrado, Montefiore, Logroño, Esteban Rams, Campo Garay, Tostado y San Bernardo. De tal modo, quienes acrediten daño superior al 50% en la producción (hasta un 79%) calificarán en emergencia, mientras aquellos con un mínimo de 80% de perjuicio serán categorizados en situación de desastre. Los primeros obtendrán prórrogas para el pago de las deudas impositivas provinciales hasta ciento ochenta (180) días después de finalizada la situación de emergencia. Por el período de prórroga no se devengarán intereses. Además, se suspenderá por el mismo lapso la iniciación o la sustanciación de los juicios o acciones administrativas iniciadas por el cobro de impuestos. Y a quienes sean declarados en desastre les corresponderá la condonación de las deudas tributarias por gravámenes provinciales que se originan por la acumulación de impuestos devengados durante las sucesivas situaciones de emergencias inmediatamente anteriores; se suspenderá por el lapso fijado en el artículo anterior la iniciación o la sustanciación de los juicios iniciados por el cobro de impuestos; situación que podrá ser extendida por el Poder Ejecutivo, a propuesta de la Comisión Provincial Agropecuaria, a las actividades comerciales, industriales y de servicios, cuando la magnitud del desastre afecte sustancialmente su situación económica financiera.

Una vez “completado y firmado por el responsable designado para este fin por las autoridades locales” el personal del municipio o comuna se encargará de llevarlo al Ministerio de la Producción para su evaluación. También desde el gobierno local pueden acercar los formularios al Centro Cívico de la Región correspondiente (Nodo) para su remisión al ministerio. Existe una tercera opción en donde el productor directamente “con el formulario y documentación anexa firmada por la autoridad local” puede acercarse al Ministerio de la Producción a presentarla. En todos los casos, el ingreso de la documentación es por mesa de entrada.

Por consultas, comunicarse escribir a [email protected] o llamar al 0342-4505300 (int. 4198). Contacto: Ing. Agr. Cintia Sorsaburu.