Los abogados se quejan

Planteo de Inconstitucionalidad

El Colegio Público de Abogados de la Capital Federal planteó la “inconstitucionalidad” de la reforma a la ley de Riesgos del Trabajo por el “perjuicio que dicha norma ocasiona a los legítimos intereses” de los trabajadores, entre ellos los afiliados a esa organización. El escrito, una acción de amparo con pedido de medida cautelar que suspenda los efectos de la reforma, fue presentada con la firma del titular del Colegio, Jorge Rizzo.

La Cámara Laboral deberá sortear a un juez para que lleve adelante el expediente. “La aplicación de las normas que impugno generará una lesión de imposible reparación posterior, tanto sobre el derecho de propiedad y trabajo de los abogados, limitando su derecho a laborar, restringiendo sus honorarios y la facultad de pactarlos libremente, como sobre el derecho de todos los trabajadores en su conjunto”, sostiene la presentación.

La reforma a la ley de ART fue anunciada como una iniciativa para reducir la “litigiosidad” en el fuero del trabajo. La Casa Rosada reglamentó la Ley 27.348, sancionada hace casi dos semanas por la Cámara de diputados, que reforma el régimen de las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo (ART).

“En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la Constitución Nacional, promúlgase la Ley Nº 27.348, sancionada por el Honorable Congreso de la Nación en su sesión del día 15 de febrero de 2017”, señala el texto legal.

Pero según los abogados, la nueva normativa implica una restricción de derechos laborales en favor de las patronales. En ese sentido, expresaron que la nueva normativa reduce la posibilidad “de acceder a la Justicia y al juez natural, cuando se vean afectados por una enfermedad o una incapacidad laboral”.

“La imposición por parte de la Ley de órganos administrativos, previos y obligatorios, con facultades jurisdiccionales, a los cuales se les ha otorgado la capacidad de dictar resoluciones que adquieren el carácter de cosa juzgada en un litigio laboral, es una cuestión que deberá ser entendida por el Fuero en el cual se pretende aplicar la normativa atacada, careciendo de competencia fuero alguno, distinto al requerido”, resumió la presentación.