Concejo Municipal

Proponen que el aumento de la TGI esté sujeto a las paritarias

La concejala Marcela Aeberhard ingresó un proyecto solicitando ponerle un techo al aumento de la TGI, atando el mismo a la Paritaria Municipal, modificando el sistema vigente que actualmente incrementa en un 36% anual, mientras las paritarias cerraron en un 25 %.

Desde el año 2012, por mensaje enviado desde el Municipio, se modificó la forma de incrementar la Tasa Municipal, estableciendo un incremento trimestral del 8 %, lo que representa un 36 % acumulativo anual, mientras que las paritarias vienen cerrando año tras año por debajo de este monto, lo que implica un desfasaje para los contribuyentes.

La concejala manifestó que con este proyecto pretendemos ponerle un tope al incremento de la TGI, y que la misma no supere en forma anual el aumento que se establece por la paritaria municipal, señalando que la misma este año cerró en un 25 % en 2 etapas, mientras que la tasa, como todos los años desde el 2012, en un 36 % anual.

Por otra parte la concejala señaló que las tasas como especies del género Tributo se caracterizan por la realización a cargo del Estado de un servicio público, mientras que los contribuyentes deben afrontar como contraprestación el pago del monto respectivo. Pero ese monto necesariamente debe guardar una razonable proporcionalidad con el costo del servicio a cargo del Municipio.

Teniendo que ser esta proporcionalidad razonable entre lo que se cobra y lo que le cuesta a la Municipalidad brindar el servicio público es determinante para la legitimidad de la Tasa, ya que en caso de que exista una desproporción se desnaturaliza el tributo, transformándose en un verdadero impuesto, para cuya creación el Municipio carece de potestad tributaria.

En este caso, la actualización tarifada sin que se acredite un aumento equivalente de los costos del servicio importa un exceso irrazonable que debe ser sometido a un límite. Este límite tiene que tener una relación adecuada con la capacidad contributiva de los ciudadanos, que en definitiva son los sujetos pasivos del tributo. Es por esto que consideramos que los aumentos salariales, producto de las paritarias municipales, resulta un parámetro razonable para considerar los incrementos, concluyó Aeberhard.