Habilitó asistencia para “innovadores”

Macri redujo por decreto al directorio del Banco Nación

Procura “racionalizar y tornar más eficiente la gestión pública”. Además dispone cambios en las competencias de los ministerios del Interior y de Desarrollo Social.

Redacción de El Litoral

El gobierno modificó la Carta Orgánica del Banco Nación y estableció la reducción de los miembros del directorio de la entidad, y además lo autorizó a brindar financiamiento a los denominados “fondos semilla”, programas que brindan asistencia técnica y financiera para la creación de empresas innovadoras o para fortalecer las que se encuentren en una etapa de desarrollo pero que tengan un importante impacto social.

El decreto 95 publicado hoy en el Boletín Oficial, modifica el artículo 9 de la Carta Orgánica del BNA y establece que el Banco “estará gobernado por un Directorio compuesto por un presidente, un vicepresidente y ocho directores, todos los cuales deberán ser argentinos nativos o por opción, o naturalizados con no menos de diez años de ejercicio de la ciudadanía”.

En ese marco, se destaca que “la reducción del número de integrantes del Directorio del Banco de la Nación Argentina no sólo propende a la reducción de la cantidad de cargos jerárquicos en la Administración Pública Nacional sino que permite, a la vez, agilizar y dotar de mayor eficiencia al funcionamiento del Directorio de la Entidad, criterios ambos que contribuyen al ahorro en el gasto público”.

Por otra parte, se estableció que podrán emplearse otros instrumentos de financiamiento a determinar por la autoridad de aplicación, y en particular, la entidad podrá otorgar asistencia financiera a emprendedores en el marco del programa “fondo semilla”, una iniciativa del Ministerio de Producción.

También se modifica el artículo 17, que determina que “el presidente o quien lo reemplace, convocará a las reuniones del directorio como mínimo dos veces al mes o cuando lo soliciten tres de sus miembros o el síndico”.

Cinco miembros y el presidente o quien lo reemplace formarán quórum, y en las reuniones las resoluciones serán adoptadas por simple mayoría de votos de los presentes, a excepción de aquellos asuntos que no cuenten con la aprobación previa de las instancias administrativas correspondientes, en cuyo caso se requerirá su aprobación por las dos terceras partes de los votos de los presentes.

En el supuesto de empate, quien ejerza la presidencia tendrá doble voto. “El voto es obligatorio para todos los miembros presentes del Directorio, salvo excusación fundada y aceptada por dicho cuerpo”, señala la normativa.

En los considerandos del decreto, se explica que “la medida se enmarca en el proceso de mejora de la institucionalidad, integridad y reconversión del funcionamiento del Estado que se lleva adelante desde el Poder Ejecutivo Nacional, y que tiene por objeto lograr una Administración Pública Nacional más moderna y eficiente”.

Liquidación de Lotería Nacional

El decreto presidencial declara en estado de liquidación a Lotería Nacional Sociedad del Estado, porque “mantiene únicamente bajo su jurisdicción el billete preimpreso denominado ‘La grande de la nacional”, y la explotación del juego de Concurso de Pronósticos Deportivos (Prode). Explica que el organismo “carece de un ámbito territorial y jurisdiccional propio donde llevar adelante su cometido” por lo que “pierde todo sentido” su continuidad bajo la forma societaria.

Interior y Desarrollo Social

El presidente dispuso que las carteras de Interior -a cargo de Rogelio Frigerio- y de Desarrollo Social coordinen “la ejecución de obras públicas relativas a procesos de integración socio-urbana” y el “desarrollo de ciudades y áreas periurbanas compactas, integradas, inclusivas, sustentables y resilientes, mediante el diseño y ejecución de obras, programas y políticas nacionales de infraestructura y servicios urbanos”.

Además la cartera que encabeza Carolina Stanley tendrá atribuciones relacionadas con el “diseño e implementación de políticas de ordenamiento y desarrollo territorial e integración socio-urbana” y en la “elaboración de los planes de integración socio-urbana destinados a adecuar la vivienda, la infraestructura de servicios y el equipamiento social tanto rural como urbano, a los principios de higiene y salubridad indispensables para el desarrollo integral del individuo y su entorno familiar”.