Cláusula en el proyecto de presupuesto

Retenciones móviles: podrían llegar al 33%

La iniciativa diseñada por Hacienda que se trata en el Congreso incluye un artículo que habilita al Ejecutivo a elevar la alícuota hasta ese tope en caso de ser necesario. La situación “es peor que en 2008”, advirtieron desde la Fundación Barbechando.

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Defensa. El Ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne, expuso en el Congreso los lineamientos del presupuesto para 2019.

Foto: Archivo

 

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Esta semana el gobierno nacional sorprendió una vez más al sector agropecuario, que aún no termina de digerir del todo el retorno de las retenciones, con una iniciativa que faculta al Ejecutivo Nacional para elevar esos impuestos hasta el 33% si la coyuntura económica lo exige.

Se trata de una “cláusula” incorporada en el proyecto de ley del presupuesto 2019 que ya está siendo tratado en el Congreso de la Nación. El artículo 83 señala que la administración nacional podrá “fijar derechos de exportación cuya alícuota no podrá superar el treinta y tres por ciento (33%), del valor imponible o del precio oficial FOB”, mientras el reciente decreto 793 (que reinstaló el impuesto y fue publicado el 3 de septiembre) determinaba un tope del 12% o un máximo de 4$ por dólar exportado en materias primas o $3 en el caso de manufacturas. La nueva normativa -que debe ser aprobada en el parlamento- además le da al Ejecutivo la potestad de ejercer esta facultad (subir retenciones) hasta el 31 de diciembre de 2020.

Pese a lo alarmante de la situación, no hubo aún repercusiones entre las entidades del sector. Sólo se registraron protestas individuales en redes sociales, mientras sólo la Fundación Barbechando, compuesta por productores y profesionales vinculados a la actividad agroindustrial, de distintas regiones del país y con diferentes trayectorias, emitió una comunicación institucional en la que advierte una situación “peor que la de 2008”, en referencia a la crisis política que desató el intento kirchnerista de imponer retenciones móviles a la exportación de granos.

“El gobierno se prepara para subir retenciones sin discusión en el Congreso”, se titula un artículo publicado en la web de la entidad, en el que se cuestiona que la propuesta “deja la puerta abierta para elevar cualquier derecho de exportación, no sólo los vinculados a los productos agropecuarios, en cualquier momento, sin necesidad de aprobación parlamentaria”.

Por tal motivo, “desde el punto de vista del proceso legislativo estaríamos ante una situación peor a la del 2008, donde el Campo pudo frenar la aplicación de la Resolución 125 en el Congreso Nacional”.

En este contexto, la ONG -que se autodefine “dedicada a la valorización del trabajo parlamentario y su acercamiento a los productores agropecuarios”- manifiesta “suma preocupación el espíritu de este artículo”, por lo que anticipan: “llevaremos adelante distintas actividades en busca de su eliminación”. La publicación, del 19 de septiembre, indica que “en los próximos días solicitaremos reuniones con legisladores de todas las fuerzas políticas para expresarles nuestra preocupación y conocer sus posiciones”.

Deben ser aprobadas en el Congreso para tener validez

Juan Pablo Rizzi, socio en Centarti & Rizzi Abogados Aduaneros, planteó en una columna de opinión la inconstitucionalidad de la retenciones móviles establecidas en el decreto 793.

“En lo que refiere a los aspectos jurídicos, la nueva medida es inconstitucional. En efecto, en un sistema republicano de gobierno compete exclusivamente al Congreso de la Nación el establecimiento de tributos. Pues así lo disponen los artículos 4, 17 y 52 de nuestra Carta Magna y así también lo ha interpretado nuestra Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente “Camaronera Patagónica”, al declarar la inconstitucionalidad de la Resolución Nº 11/02 del Ministerio de Economía que, en su momento y mediante una subdelegación, había fijado derechos de exportación”

El especialista considera, por lo tanto, que para “que este nuevo derecho adicional a la exportación sea legítimo, deberá pasar por el Congreso de la Nación”. De lo contrario, advierte, “no resultaría extraño entonces que la nueva norma generase una ola de juicios contra el Estado por parte de exportadores que entiendan ilegal al nuevo derecho de exportación fijado y que no quieran, al tiempo de realizar las exportaciones, pagar tal tributo”.