Medio Ambiente como autoridad de aplicación

Agroquímicos: Santa Fe sancionó su propia ley de gestión de envases vacíos

Es complementaria de la norma nacional, pero incorpora aspectos particulares que se diagnosticaron en la provincia. Abarca a los residuos que ya están diseminados o en vertederos; y establecerá un protocolo local para el triple lavado.

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Validación. A diferencia de la ley nacional, que determina la norma IRAM 12.069 como protocolo para el triple lavado, en la provincia habrá una reglamentación local. Foto: Archivo / Juan Manuel Fernández

 

Juan Manuel Fernández

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La provincia de Santa Fe convirtió en Ley un proyecto para la darle solución al problema de los envases vacíos de fitosanitarios, que es complementaria de la legislación nacional -en proceso de implementación- pero incorporando aspectos particulares, como abarcar a los residuos ya dispersos o definir un protocolo propio para el triple lavado que deben hacer los productores.

La iniciativa del Senador por Castellanos, Alcides Calvo, creó el “Sistema Provincial de Gestión Diferencial de Envases Vacíos de Fitosanitarios”. Hasta el momento la norma no fue publicada en el Boletín Oficial, por lo que aún no se le asignó un número. Una vez que se haga pública, el Ministerio de Medio Ambiente contará con 180 días para elaborar la correspondiente reglamentación.

La Ingeniera Química Agustina Sedran, asesora ambiental de Calvo, explicó a Campolitoral que se trata de una regulación complementaria a la Ley 27.279 -sancionada en 2016 en el Congreso Nacional, pero reglamentada recién en febrero de este año- que establece presupuestos mínimos de protección ambiental para la gestión de los envases vacíos de fitosanitarios.

Situación local

Pese a abordar la misma problemática, “se decidió armar proyecto santafesino para incluir particularidades de la realidad provincial”. Especialmente, “que se incluyen los envases que ya están diseminados; todo lo que hay hacia atrás, lo que está disperso en el campo o está en vertederos comunales; nosotros hacemos hincapié que eso también debe tener un tratamiento”. Ocurre que el sistema nacional, basado en una red de Centros de Acopios Transitorios (CAT) y un esquema de trazabilidad de los bidones (que involucra a fabricantes, comerciantes, productores y aplicadores), contempla sólo los residuos que comiencen a devolver los productores una vez que entre en vigencia. “De ahí para atrás, todo lo que hoy existe, la provincia -en su decreto reglamentario- va a tener que establecer un mecanismo para poder captar esos envases y que los lleven a CAT”, indicó la asesora.

Otras particularidades de la ley santafesina son que designa una única autoridad de aplicación, el Ministerio de Medio Ambiente (igualmente trabajará junto con las carteras de Salud y Producción), y crea un Consejo Asesor, integrado por entidades intermedias y académicas, como órgano asesor. “Nosotros establecimos que sea solo Medio Ambiente porque nos parece una forma de articular más rápida”, argumentó Sedran.

Y un aspecto muy importante es que el método de validación del triple lavado, a diferencia de la ley nacional que determina la norma IRAM 12.069, surgirá de la reglamentación local. La asesora explicó que el parámetro nacional “es una norma de referencia pero no es de acceso público y su modificación no depende de la autoridad de aplicación”. En Santa Fe, en cambio, “la reglamentación nuestra va a establecer las pauta de cómo realizar el triple lavado o lavado a presión”. Y aclaró: “a lo mejor establece lo mismo que la IRAM, pero al hacerlo con una norma propia llegado el caso la podemos ir trabajando (modificando) de acuerdo a la necesidades que tengamos como provincia”. Por ejemplo, citó los cambios de escenarios que se producen ante la aparición de nuevas tecnologías.

Responsables y trazados

En la iniciativa aprobada se establecen distintas responsabilidades: para el registrante, para el generador, para el operador y para el comerciante; asimismo se crea el Sistema Único Provincial de Trazabilidad que permitirá el monitoreo permanente de los sistemas de gestión de envases.

Además se fijan las sanciones para quienes no cumplan con la presente ley y el destino de los fondos recaudados por las multas aplicadas, los cuales serán utilizados por la Autoridad de Aplicación para cumplir con los objetivos de la ley. Y se invita a Municipios y Comunas a adherir a la presente ley en lo que fuera de su competencia.