Media sanción para una reforma de fondo

El Senado propone eliminar la Comisión Revisora de Cuentas

Diputados y senadores deben “realizar el control de la gestión” sobre la actuación del Tribunal de Cuentas, pero nunca lograron constituir la comisión que lo lleve a cabo.

Ahora, la Cámara Alta votó un proyecto para, directamente, quitarla de la ley que rige la administración y las finanzas del Estado Provincial.

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La norma fue votada por unanimidad por la mayoría justicialista, radicales y socialismo.

Foto: Archivo/Luis Cetraro

 

Luis Rodrigo

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Por unanimidad, la Cámara de Senadores aprobó un proyecto de ley que dispone una profunda reforma a la Ley Nº 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado.

Con la firma de casi todos los senadores de los distintos bloques se proponen cambios que incluyen la eliminación de una comisión clave para esa norma, que nunca pudo funcionar.

Se trata de la llamada Comisión Revisora del Tribunal de Cuentas (su nombre es más extenso) que impone, según la ley aún vigente, la obligación a los legisladores de supervisar qué resuelve el órgano de control del gobierno. Esa tarea -en la práctica- no se ha ejercido desde que existe la ley y ahora, bajo un texto que goza de un amplio acuerdo político, se considera que es preferible directamente librar de esas obligaciones al Legislativo, entre otras modificaciones también profundas.

Como el texto fue votado sin abstenciones y cuenta con la firma de casi todos los senadores, cabe suponer que ha sido ampliamente consensuado con Diputados o, al menos, con sus bloques más numerosos.

El cambio ocurre en medio del llamado proceso de transición, que marca la alternancia en el ejercicio del gobierno entre el actual oficialismo y la oposición, que intercambiarán roles desde el 11 de diciembre próximo.

Un capítulo menos

La Ley 12.510 fue impulsada por el ex senador y ex ministro de Hacienda justicialista Juan Carlos Mercier. Se votó en 2005 y en 2006, el primer decreto que firmó el entonces gobernador Jorge Obeid fue precisamente el de su promulgación.

La complejidad de la norma -un verdadero libro de 264 artículos- permitió un mayor control del uso de los recursos públicos, y obligó a los gobiernos a sostener pautas de gasto público prudentes.

A esa ley, producto de lo que su puesta en práctica demostró durante más de una década, se le piensa ahora suprimir todo su capítulo segundo referido al “Control Legislativo”. Los artículos 245, 246, 247 y 248 se eliminarán si el expediente aprobado por los senadores prospera en Diputados.

Menos obligaciones

Para saber qué debía hacer la Comisión Legislativa de Control y Revisora de Cuentas conviene revisar el artículo 245, que en cinco oportunidades es citado por otros artículos de la ley vigente (lo que da una idea de su importancia).

Formada con 5 diputados y 5 senadores, la comisión (que nunca funcionó ni se ha podido conformar) tiene a su cargo: a) El control de la gestión del Tribunal de Cuentas de la Provincia (TC); b) El examen y estudio, en base al informe del TC, de la Cuenta de Inversión a que refiere el inciso 9 del artículo 55º de la Constitución de la Provincia; c) El análisis y dictamen de las observaciones legales que el TC comunique al Poder Legislativo”.

El artículo 247, cuya derogación se propone, indica que la comisión tiene los siguientes deberes: “a) Realizar el control de la gestión del TC con las mismas formalidades que la presente ley le establece a este Organismo para el cumplimiento de sus funciones y de conformidad a las normas reglamentarias que el propio TC establece para el ejercicio de su cometido; b) Presentar anualmente a ambas Cámaras Legislativas, antes del 30 de abril, un dictamen en relación con el informe del TC sobre Cuenta de Inversión presentada por el Poder Ejecutivo el año anterior. En su defecto deberá informar, en igual plazo, las razones que le hayan impedido cumplir con ese deber, en cuyo caso contará con un plazo adicional de treinta (30) días; c) Dictaminar sobre las observaciones legales remitidas por el TC y aconsejar, el trámite que considere procedente; d) Dictaminar, dentro de los treinta (30) días de recibido, todo informe o documento que provenga del TC.

Para agosto

El proyecto de reforma de la Ley 12.510 que aprobó el Senado quedará para la segunda parte del período ordinario de sesiones.

Hasta el 23 de julio se extenderá el receso legislativo que comenzó el día 6. Recién entonces los diputados tendrán en su agenda el texto que aprobaron por unanimidad los senadores y lleva las firmas de los justicialistas Armando Traferri (San Lorenzo), Osvaldo Sosa (Vera), Danilo Capitani (San Jerónimo), Guillermo Cornaglia (Belgrano), Eduardo Rosconi (Caseros), Rubén Pirola (Las Colonias), Raúl Gramajo (9 de julio) y José Baucero (San Javier).

También de los radicales Felipe Michlig (San Cristóbal), Lisandro Enrico (General López), Hugo Rasetto (Iriondo), Orfilio Marcón (General Obligado), Germán Giacomino (Constitución). Y los socialistas Miguel Ángel Cappiello (Rosario) y Miguel González (La Capital).