El Trébol

Pidieron el sobreseimiento de un joven por el crimen de su madre

Tres Juntas Médicas dictaminaron, a lo largo del proceso, que Alejandro Garnero padece psicosis y que no estaba bajo tratamiento cuando ocurrió el hecho, en enero de 2017. La Justicia deberá buscar un lugar de atención para su salud.

20-A-GARNERO1.jpg

El próximo paso será debatir si se impone una medida de seguridad estricta, o un tratamiento médico que podría ser de carácter ambulatorio.

Foto: Gentileza San Jorge Virtual

 

Francisco Díaz de Azevedo

[email protected]

Corresponsalía El Trébol

En la mañana del miércoles, se realizó en la ciudad de San Jorge la audiencia de solicitud de sobreseimiento para Alejandro Garnero por el crimen de su madre, cometido en enero de 2017, en la ciudad de El Trébol. La misma fue presidida por el Dr. Pablo Ruiz Staiger y tuvo lugar en el sexto piso del Juzgado de la ciudad de San Jorge, donde además estuvieron presentes el fiscal Carlos Zoppegni y la abogada querellante de la familia Garnero, Selva Depetris.

Alejandro “Liendo” Garnero, acusado por el asesinato de la arquitecta Gloria Brero, el 2 de enero de 2017 en su domicilio fue representado por la defensora pública Patricia Hidalgo y María Isabel Bolatti, defensora de Derechos y Garantías en la órbita civil.

El acusado llegó al recinto acompañado por personal de la alcaidía de la Unidad Regional XVIII, donde se encuentra alojado con una medida protectiva. Al mismo tiempo ingresó su padre, Raúl Garnero, esposo de la víctima. Padre e hijo intercambiaron algunas palabras antes del inicio de la audiencia.

La audiencia

Las partes expresaron sus alegatos, en las que hubo varios puntos de coincidencia. Fueron fundamentales los escritos emanados de la Junta Médica de Salud Mental de la provincia, que en tres oportunidades dio cuenta de que Alejandro Garnero no tuvo conciencia del homicidio de su madre, hace casi tres años, por padecer psicosis, muy probablemente asociado a un cuadro de esquizofrenia.

Si bien todavía resta que el juez Ruiz Staiger se expida sobre el pedido de sobreseimiento conjunto elevado por las partes, todo indicaría que la resolución iría en ese sentido, por lo que se espera que antes de fin de año deberá tratarse la posibilidad de disponer una medida de seguridad o tratamiento médico y determinar de ese modo el lugar de internación para Alejandro Garnero.

Posición fiscal

En diálogo con este medio, el fiscal Zoppegni dijo: “Hay diferentes causales y una de ellas es la de inimputabilidad. Es decir, que la persona en el momento del hecho no podía comprender la criminalidad del acto y dirigir sus acciones. Para eso había que convencer al juez en primer lugar de que la persona a la cual se va a sobreseer es la que cometió el hecho y fue lo que se trató. Se acreditó con todos los elementos de que Alejandro Garnero cometió el hecho”.

“También se le explicó al juez que una vez recibidos los informes de la Junta de Salud Mental, no podía perseguir la imposición de una pena, que en este caso es la de una prisión perpetua (Garnero estaba acusado por “homicidio calificado por el vínculo”) y como tal debía someterse al artículo 34 que resalta que no puede penarse a una persona que no comprende la criminalidad del hecho, es inimputable”.

Zoppegni resaltó que “la gran diferencia que tuvimos con la defensa fue que ésta resistió mientras pudo la autoría de Garnero respecto al hecho”, así como “la imposición de las medidas de seguridad”. Pero la cuestión parece haber quedado saldada.

De esta manera es viable el sobreseimiento y se cierra la causa penal para “Liendo”. Alejandro no puede ya ser sujeto a una investigación penal por el hecho.

¿Adónde irá Alejandro Garnero?

El fiscal de San Jorge, Carlos Zoppegni, destacó que “el juez nos preguntó si estábamos de acuerdo con las medidas de seguridad” para Alejandro Garnero, lo cual es todavía un tema de controversia.

“Para que todos lo entiendan, una persona que comete un delito va presa. En este caso no puede ir presa, pero se reemplaza por una medida de seguridad. Es decir, si hay una cuestión de salud, esa persona no irá a una cárcel sino a un lugar de atención, en la que tiene que permanecer hasta que los médicos indiquen que se curó. A diferencia de las penas, esto no tiene plazo. En estos casos, el plazo de internación depende de los informes médicos. La defensa eso no lo convalidó. Nosotros nos mantuvimos en que Garnero era el autor del hecho y que si no tenía pena debía tener una medida de seguridad”, subrayó el fiscal.

El tratamiento de qué medida es conveniente imponer de aquí en más para Garnero será objeto de audiencia en diciembre, donde se reeditará el debate entre fiscalía y defensa para ver si se impone una medida de seguridad o no. Una vez que eso se resuelva, se derivará todo a la Justicia Civil.

Para la fiscalía “todo está dado para que se imponga una medida de seguridad”. Mientras tanto, Alejandro Garnero estará alojado hasta el 8 de enero en la alcaidía de Sastre, bajo la jurisdicción penal. Si bien Garnero no está con prisión preventiva, está internado.

Cuando se dispuso la internación, no hubo en la provincia un lugar adecuado para que pudiera alojarse, por lo que se decidió enviarlo a la alcaidía de Sastre. “No necesariamente hay que esperar hasta el 8 de enero. Si el juez dicta una medida de seguridad en diciembre, todo se deriva a la Justicia Civil, que controlaría el cumplimiento de la internación”, dijo el fiscal.

El caso

El 2 de enero de 2017, Gloria de Garnero fue hallada en su casa de El Trébol gravemente herida.

Quien avisó a las autoridades fue su hijo, que además llamó al servicio de emergencias alegando que se trataba de un accidente doméstico. Inmediatamente “Liendo” desapareció y la policía comenzó a sospechar que había sido el autor del salvaje ataque. Tras una búsqueda de 72 horas, Garnero fue aprehendido en un campo familiar, a 12 kilómetros de El Trébol, y quedó detenido en la alcaidía de Sastre. Luego, el resultado de la autopsia confirmó que no se trató de un accidente y su hijo pasó a ser el principal sospechoso.