Adscripciones y comisiones de servicios

Decreto de Perotti para congelar 9 de Lifschitz

Un decreto deja sin efecto otros nueve de Lifschitz, que había dictado a pedido de la Cámara de Diputados. Sin precisiones aún del personal comprendido.

 

Mario Cáffaro

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Con fecha 11 de diciembre, es decir el día de la jura y puesta en funciones de sus ministros, el gobernador Omar Perotti y el titular de Gestión Pública, Rubén Michlig, firmaron el decreto 0058, que deja sin efecto “las adscripciones, comisiones de servicio y afectaciones de cualquier índole de personal de distintas áreas de dependencia de este Poder Ejecutivo a ambas Cámaras del Poder Legislativo, el Tribunal de Cuentas y la Defensoría del Pueblo, disponiéndose el reintegro del mismo a las tareas inherentes a su cargo de revista titular”.

La medida alcanza a nueve decretos firmados por Miguel Lifschitz entre el 29 de noviembre y el 9 de diciembre. Esos decretos se originan en una resolución de presidencia de la Cámara de Diputados, la 1.277, con fecha 7 de noviembre. Estos instrumentos no están aún visibles en la página web del gobierno provincial.

En esa resolución, la Cámara le requirió al Poder Ejecutivo la adscripción de agentes que revisten en diferentes áreas de la administración central.

En la página web de la Cámara de Diputados todavía no está la versión taquigráfica de la sesión del 7 de noviembre y tampoco el resumen de esa sesión donde se sancionaron varias leyes, entre ellas la regulación de la venta directa como informó la crónica de diario El Litoral. Las resoluciones de presidencia siempre son votadas sobre tablas y con apenas el número correspondiente, tema que se discute antes en Labor Parlamentaria donde los jefes de bloque son informados de las medidas adoptadas por la Presidencia.

El pedido de la Cámara de Diputados fue respondido por Lifschitz con un decreto (número 3.459) el 29 de noviembre; seis del 4 de diciembre y dos más el 9 de diciembre. Ahora, en los considerandos del instrumento firmado por Perotti se afirma que “en muchos casos el personal involucrado en los movimientos no se hallaba efectivamente prestando servicios en el área correspondiente a su cargo de revista titular en la planta permanente de la Administración Pública Provincial, en razón de encontrarse desempeñando funciones políticas en el Estado provincial, o en el ámbito de la Municipalidad de Rosario, correspondiendo el reintegro a aquéllas a la finalización de éstas”.

Aclara que en otros casos “se han detectado transgresiones” a lo dispuesto en el artículo 24 de la vigente ley de Presupuesto “que prohíbe la afectación y el traslado del personal de Seguridad, del Servicio Penitenciario y docente para el desempeño de tareas ajenas a las específicas de Seguridad y Educación”.

En base a esas consideraciones, el decreto fundamenta la decisión de disponer el cese de las adscripciones de personal perteneciente a áreas dependientes del Poder Ejecutivo al Poder Legislativo, Tribunal de Cuentas o Defensoría del Pueblo “y su reintegro a las funciones inherentes a su cargo titular de revista, a los fines de que los titulares de las jurisdicciones a las que correspondan considerar su situación, en el marco de un análisis general de las necesidades de recursos humanos existentes, a los fines del desarrollo de los cometidos estatales a su cargo, propendiendo a su utilización racional”.

Presupuesto

El artículo 24 de la ley de Presupuesto vigente señala: “Prohíbese la afectación y traslado del Personal de Seguridad, Servicios Penitenciarios y Docente al desempeño de tareas ajenas a las específicas de Seguridad y Educación. Exceptúase el Personal Docente comprendido en los alcances de la Ley Nº 13.197”.