El Litoral | polí[email protected]
La resolución 172 del Ente Regulador del Gas, contiene un dato relevante.
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La resolución 172 del Ente Regulador del Gas que inclinó la balanza en favor de la Provincia de Santa Fe (en lugar de Litoral Gas) para la construcción del llamado Gasoducto de la Costa, para abastecer a San José del Rincón y otras localidades de la Ruta Provincial N°1, contiene un dato relevante.
En su artículo 10° se indica que “la autorización para la operación y mantenimiento (...) es otorgada bajo condición resolutoria de que en el plazo de 30 (treinta) días hábiles de notificada la presente, sea remitido el instrumento contractual debidamente suscripto entre Santa Fe Gas y Energías Renovables Sapem y Brumont SA”.
Obviamente, las dos primeras firmas pertenecen al Estado santafesino, mientras que la mencionada en último lugar es una compañía privada que -en más de una oportunidad- ha trabajado precisamente para Litoral Gas. La página web de Brumont SA subraya a la hora de mostrar sus obras (la firma tiene 12 años de trayectoria) trabajos en las ciudades de San Nicolás, Junín, Fisherton y Rosario, todas bajo la concesión de Litoral Gas.