Los dos empleados del supermercado de San Telmo que habían sido arrestados tras la muerte de un cliente, al que habían retenido tras intentar llevarse sin pagar un aceite, un queso y dos chocolates, recuperaron este martes la libertad.
Los dos empleados del supermercado de San Telmo que habían sido arrestados tras la muerte de un cliente, al que habían retenido tras intentar llevarse sin pagar un aceite, un queso y dos chocolates, recuperaron este martes la libertad.
La Justicia constató que falleció por los golpes recibidos por uno de los empleados, pero consideró que no tuvo intención de matarlo: lo procesó por el delito de homicidio preterintencional (cuando se actúa con el propósito de causar daño en el cuerpo o la salud de un tercero, pero no de matar). El guardia fue sobreseído.
Según consignó el periodista Martín Angulo en Infobae, la decisión la tomó este martes el juez de instrucción Darío Bonanno, que concluyó que Ferrer murió por los golpes que recibió pero consideró que los acusados no tuvieron intención de quitarle la vida y descartó que en el caso haya habido "una violencia inusitada".
El único que quedó procesado fue el empleado de Coto, cuyas iniciales son R.C. "En el afán de asegurar la detención de Ferrer (por los elementos que previamente había sustraído), ejerció sobre él un despliegue de violencia que causó de manera mediata su fallecimiento", escribió el juez en la resolución a la que accedió Infobae. Para el magistrado, R.C. tuvo un accionar "desproporcionado" porque "la víctima era una persona de 68 años de edad y se encontraba en inferioridad física de acuerdo a su contextura", pero descartó que haya tenido la intención de matarlo.
El segundo acusado es G.A.R., vigilador privado de Coto, quien fue sobreseído porque el juez entendió que solo buscó aprehender a Ferrer para buscar a la Policía y porque no estaba en el momento en que R.C. redujo a la víctima.
La decisión del juez fue luego de acceder a las cámaras de seguridad que muestran lo que pasó el viernes 16 de agosto a las 18:39. Allí se ve a Ferrer salir con los productos sin pagar, y al vigilador privado que intentó retenerlo. Forcejearon, De la Rosa lo tomó de las manos pero Ferrer se opuso. Salieron a la calle y llegó R.C., que lo tomó de los brazos. Luego G.A.R. se fue a llamar a la Policía de la Ciudad.
Tras caminar unos metros, según consta en la resolución a partir de las imágenes, R.C. tomó a Ferrer del cuerpo, lo redujo y lo lanzó al piso. Ferrer se levantó y el empleado lo volvió a tirar al piso y le presionó la espalda con sus rodillas. Así lo encontró un policía que declaró en la causa: dijo que le tomó los datos personales a Ferrer, quien tenía un hilo de sangre en la cabeza y que repentinamente se desvaneció y cayó al piso. Se le hicieron maniobras de RCP y fue trasladado al Hospital Argerich, donde murió. La autopsia reveló que la causa de la muerte de Ferrer fue un traumatismo de cráneo con hemorragia que le provocó una "falla multiorgánica".
"Esta conclusión, confrontada con los registros fílmicos colectados y el relato de los testigos que lo complementan, permite afirmar que la causa del fallecimiento de Ferrer fue consecuencia de las maniobras de retención desarrolladas individualmente por R.C.", sostuvo el juez Bonanno. Y consideró que el empleado hizo un "un despliegue innecesario de violencia a sabiendas de que iba a lesionarlo (ya que cuando lo arrojó al suelo, le apoyó su rodilla fuertemente contra la espalda mientras tenía la cabeza en el piso)".
El magistrado agregó que "las pruebas incorporadas hasta el momento –con particular atención en los registros fílmicos– no resultan a mi juicio concluyentes para afirmar de manera apodíctica que R.C. desplegó sobre Ferrer una violencia inusitada que podría llevarlo siquiera a la representación de su muerte, no obstante las consecuencias de su conducta, por la forma en la que lo retenía, las veces que doblegó su fuerza y lo tiró al piso, llevan ínsito el ánimo de producirle un daño en el cuerpo".
R.C. fue procesado como autor del delito de homicidio preterintencional, que tiene una pena de uno a tres años de prisión, y recibió un embargo de 800 mil pesos.
Con información de Nueva Ciudad.