La Cámara de Diputados terminó resolviendo en su sesión preparatoria del jueves que sea Cesira Arcando quien asuma como la quinta legisladora de Cambiemos, y no Sebastián Julierac. Éste último ingresó al recinto portando el diploma que había recibido de manos de las autoridades del propio Tribunal Electoral, que lo había proclamado diputado electo. Pero como constitucionalmente “cada Cámara es único juez de las elecciones y títulos de sus miembros”, el cuerpo se terminó expidiendo a favor de Arcando.
Así lo ratificó el abogado constitucionalista, Domingo Rondina. En diálogo con El Litoral, el especialista desgranó los argumentos por los que se privilegió el ingreso de la mujer. “La provincia tiene un sistema de cupo femenino sustentado en un tercio, ya que no tuvieron sanción definitiva los proyectos para lograr la paridad”, explicó. “Asimismo -recordó-, en la causa Robustelli, la Legislatura avanzó diciendo que ese tercio debía ser respetado por la totalidad de las bancas y no sólo en las listas; debía asegurarse que el 30 por ciento de los 50 diputados fuesen mujeres. Entonces, como mínimo, tendría que haber 17 legisladoras”, sostuvo.
Rondina recordó que el caso en cuestión fue convalidado por la Legislatura y revisado en todas las instancias judiciales, ratificando que debía ingresar una diputada.
El abogado mencionó que también el caso Bertone sentó un precedente para la materia. “Allí, la Legislatura evolucionó en su criterio diciendo que ese cupo del tercio también debía ser respetado por cada frente electoral. Es decir que entre todos los que ingresaban, por ejemplo por el Frente Progresista, debía haber un tercio de mujeres y así con cada coalición”. En ese caso, “se omitió al varón y nadie lo discutió”, enfatizó. El tercer hito jurídico que mencionó fue la declaración de la propia Cámara de Diputados hace un mes cuando, a instancias de las diputadas Alicia Gutiérrez y Verónica Benas, en una cuestión de interpretación sobre las últimas elecciones, plantearon que debía respetarse para los ingresos al cuerpo, el cupo por frente electoral.
“A partir de ese momento -dijo Rondina-, cuando se revisa la composición de cada frente en función de los comicios del 16 de junio, se ve que todos respetaban el cupo. El único que no lo respetaba era Cambiemos, que incorporaba cinco legisladores de los cuales sólo uno era mujer”.
A su criterio, “es tan claro esto de que sobre cinco son dos, que incluso en el decreto nacional Nº 1.246 de 2.000, se plantea que en caso de duda, se establecen los números y se dispone que si se renuevan cinco cargos, dos tienen que ser mujeres. Ésa era la situación de Cambiemos -expresó-. Por eso, Arcando presentó su solicitud para ingresar en lugar de Julierac, y éste la respondió ejerciendo su derecho de defensa”.
Consultado acerca de si la resolución de la Cámara no contradice lo dispuesto por el Tribunal Electoral que había proclamado el diputado electo a Julierac, Rondina dijo que dicho organismo sólo se expide en función de las listas. “El tribunal lo único que dijo es que a los efectos de la conformación de la lista no había nada que cuestionar. Pero este organismo no decide quién entra y quién no entra al cuerpo. Lo que dice es que la lista salía de una determinada manera y proclamó eso. Después, cómo incorpora la Cámara a sus miembros es otro problema. Cada Cámara es único juez de las elecciones y de los títulos de sus miembros, como lo dice la Constitución”, explicó.
“El Tribunal -continuó- proclama de acuerdo a sus reglas, pero en definitiva quien dice qué se hace y cómo se hace es la Cámara. De hecho -recordó-, tanto en el caso Robustelli como en el caso Tepp, el Tribunal Electoral provincial se había pronunciado a favor del ingreso de los varones a sus respectivas bancas”, concluyó.