Mediante la Resolución General 34/2020 la Inspección General de Justicia (IGJ), estableció la igualdad de género en los directorios de las sociedades que se inscriban a partir de este 6 de agosto.
Mediante la Resolución General 34/2020 la Inspección General de Justicia (IGJ), estableció la igualdad de género en los directorios de las sociedades que se inscriban a partir de este 6 de agosto.
Según esta nueva norma, publicada el miércoles en el Boletín Oficial del Gobierno de la Nación, todas las asociaciones civiles en proceso de constitución tendrán que contar con la misma cantidad de hombres, como de mujeres.
Dichas sociedades “deberán incluir en su órgano de administración, y en su caso en el órgano de fiscalización, una composición que respete la diversidad de género, estableciendo una composición de los órganos referidos que esté integrado por la misma cantidad de miembros femeninos que de miembros masculinos. Cuando la cantidad de miembros a cubrir fuera de número impar, el órgano deberá integrarse de forma mixta, con un mínimo de un tercio de miembros femeninos”, determina el artículo 1 de la resolución.
La IGJ justifica la implementación de esta normatividad a partir de leyes y acuerdos internacionales con énfasis particularmente en la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, con el objetivo de prevenir una “restricción antijurídica y abusiva”.
En el sector privado miran con recelo la medida, a pesar de su, a priori, buena intención como medida que subsane las posibilidades de ascenso de las mujeres en la cadena de mando de las empresas.
Por su parte, estudios contables indicaron, según Infobae, que dicha norma será “de muy difícil aplicación” y que es probable que en las próximas sociedades se repitan “los nombres de contadoras y abogadas de los estudios en los directorios de las sociedades”.