App de viajes: nuevos requisitos para conducir y multas más caras para los ilegales en Santa Fe
La habilitación se centrará en los conductores y vehículos, que deberán inscribirse en un registro obligatorio. Los nuevos montos de las multas. Qué pasa con las motos.
La modificación de la Ordenanza Nº 12.991 desplaza el eje de control desde las plataformas electrónicas hacia los conductores.
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El Concejo Municipal de Santa Fe aprobó este jueves una actualización clave del marco regulatorio que rige a las aplicaciones de viaje. La modificación de la Ordenanza Nº 12.991 redefine el enfoque del sistema y desplaza el eje de control desde las plataformas electrónicas hacia los conductores y vehículos que efectivamente prestan el servicio en la ciudad.
Con la nueva normativa, los titulares o autorizados de vehículos que deseen operar a través de aplicaciones deberán inscribirse de manera obligatoria en el registro creado por la autoridad de aplicación. A su vez, los conductores deberán contar con carnet profesional D1 emitido por la Municipalidad de Santa Fe y solo podrán tomar viajes que hayan sido aceptados o procesados por la plataforma, quedando prohibida la captación directa de pasajeros desde la vía pública.
La ordenanza establece condiciones mínimas para los automóviles que presten servicio mediante aplicaciones. Entre ellas:
Antigüedad máxima de 9 años, o 12 años para unidades híbridas o eléctricas.
Carnet de conducir profesional D1.
Libre Multa Personal.
Vehículos de cuatro puertas con capacidad mínima para tres pasajeros.
Revisión Técnica Obligatoria vigente.
Radicación del vehículo en la ciudad de Santa Fe y patente al día.
Seguro obligatorio con cobertura para terceros transportados según el límite legal.
Asimismo, quedó expresamente prohibido el transporte comercial, habitual y oneroso de personas mediante motovehículos, sin importar la forma en que se haya acordado el viaje.
Régimen de infracciones
En paralelo, se modificó la Ordenanza Nº 7.882 y se actualizó el monto de las multas para quienes presten servicio de transporte de personas mediante plataformas sin cumplir con la normativa vigente. Las sanciones pasarán de 2.000 a 9.000 Unidades Fijas (UF), lo que representa un incremento significativo en el esquema de penalidades.
La modificación de la Ordenanza Nº 12.991 desplaza el eje de control desde las plataformas electrónicas hacia los conductores.
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Con estos cambios, el municipio busca fortalecer los controles y ordenar el funcionamiento del transporte por aplicaciones, un sector en crecimiento que hasta ahora operaba con un esquema normativo más laxo.