Sólo el 32% del parque automotor provincial cuenta con revisión técnica
Si bien es un requisito obligatorio, menos de la mitad de los conductores cuentan con la revisión. Las estadísticas fueron elaboradas por la Cámara de Centros de Inspección Vehicular.
Mauricio Garín / Archivo Revisión. La RTO permite verificar las condiciones mecánicas de seguridad de los vehículos.
17:37
“Sólo el 32% del parque automotor provincial ha realizado la Revisión Técnica Vehicular Obligatoria (RTO)”, informó Carlos López, director ejecutivo de la Cámara de Centros de Inspección Vehicular (Cciv). Esta revisión es un requisito que es de carácter obligatorio y busca evitar siniestros viales asegurando el buen estado de los vehículos.
“Es imprescindible que los propietarios de automóviles realicen la inspección técnica a los fines de transitar responsablemente y evitar cualquier tipo de siniestros”. Asimismo, López indicó que “en Argentina, la inspección está prevista en la legislación vial nacional y provincial y se han instalado en todo el territorio provincial 28 centros de inspección vehicular y uno móvil, que atienden inspecciones”.
La Revisión Técnica Vehicular Obligatoria tiene como objetivo promover el mantenimiento de las condiciones mecánicas de seguridad a lo largo de la vida útil de los vehículos, generando reducción de los siniestros viales causados por fallas técnicas y disminución de la contaminación ambiental mejorando la calidad del aire.
“Por ser la RTO una obligación establecida por ley, su incumplimiento significa incurrir en una infracción y determina que el vehículo no pueda circular por la vía pública”, destacó López.
La documentación expedida que acredita el cumplimiento de la RTO es el certificado de Revisión Técnica Obligatoria apta y la oblea aplicada sobre el parabrisas del vehículo.
Los destinatarios
Este trámite deben realizarlo los titulares de vehículos automotores, de pasajeros y de cargas destinados a circular por la vía pública. Los rodados a lo que se les exige este requisito son:
—Vehículos de uso particular, radicados en la provincia de Santa Fe, conforme las constancias en la cédula de identificación (tarjeta verde) o título de propiedad, cuyo año modelo sea mayor a tres años.
—Vehículos de cargas destinados a circular por la vía pública.
—Vehículos afectados al transporte público de pasajeros, cualquiera sea su destino de servicio.
—Vehículos que hayan sufrido un siniestro, a consecuencia del cual pudieran haberse deteriorado elementos de seguridad, ya que la RTO caduca, perdiendo su vigencia y debe realizarse nuevamente.
—Aquellos titulares de vehículos que hayan perdido o extraviado el certificado de Revisión Técnica Obligatoria (único instrumento válido para acreditar el cumplimiento de la RTO), no así si se hubiera destruido el parabrisas donde está colocada la oblea, o la oblea misma se haya deteriorado.