Pocos días atrás, fue presentado en el Colegio de Profesionales de la Abogacía, de Santa Fe, el libro titulado "¿Clubes como Sociedades Anónimas Deportivas? Aportes para el debate" editado por Librería Cívica, de nuestra ciudad.

"¿Clubes como Sociedades Anónimas Deportivas?, aportes para el debate", es el título de un libro en el que se registran diversas opiniones a favor y en contra para enriquecer un tema de enorme actualidad en nuestro país y en el mundo.

Pocos días atrás, fue presentado en el Colegio de Profesionales de la Abogacía, de Santa Fe, el libro titulado "¿Clubes como Sociedades Anónimas Deportivas? Aportes para el debate" editado por Librería Cívica, de nuestra ciudad.

Con la presencia de Carlos Iparraguirre, Martín Gabriel Vega, Marco Marozzi y Juan Chiaraviglio, parte de un número mayor de autores que participan de la misma, se llevó adelante la presentación oficial de esta publicación, sobre un tema cuyo debate aún mantiene plena vigencia.
Sobre el contenido del libro, sus autores manifiestan claramente que buscaron desde la especialidad del Derecho Deportivo, brindar distintas miradas que puedan servir de insumo para un debate que aún no se ha dado con la seriedad que demanda.
Lo valioso del libro, es la diversidad de posturas y modelos del derecho comparado (lo que ocurre en el resto del mundo, donde las SAD existen) puestas a disposición en una sola obra.

Carlos Iparraguirre, rescata en su artículo el valor de los clubes como asociaciones civiles y señala los riesgos de dar un salto al vacío atento la falta de regulación específica previa de un tipo especial para una sociedad con objeto deportivo, tal como ocurre en cada lugar del mundo, donde las mismas existen.
Así lo demuestran Marco Marozzi, y Martín Gabriel Vega, quienes fruto de un riguroso estudio, analizan y ponen a disposición tanto las regulaciones existentes en el fútbol europeo, en el caso del primero, como los modelos que existen en los diferentes países latinoamericanos, más similares a nuestra idiosincrasia, a cargo del segundo.
Pero el trabajo profundiza aún más, al contar con la opinión de especialistas de distintos países, quienes evalúan el funcionamiento de los modelos allí existentes.
Hay trabajos de Horacio González Mullín, desde Uruguay; de Gustavo Lopes Pires de Souza, quien analiza la legislación y la realidad en Brasil; desde España, Juan Manuel Rico y Mario San Román, brindan su opinión, sobre lo que allí ocurre, con un sistema que funciona desde 1990, aunque en la reciente reforma de la ley española del deporte, se dejó de exigir como obligatoria, la figura de las SAD.
Juan José Castro, también cuenta lo que ocurre en Perú y Camilo Martínez Sepúlveda, desarrolla la realidad de lo que ocurre en Chile. Todas esas miradas traen la opinión de especialistas locales, para reforzar los trabajos antes comentados.
Ricardo Frega Navía, aporta una posición distinta, retomando la idea de una suerte de "asociación civil reforzada" proponiendo una ley de "Asociaciones Civiles Deportivas" con mayores exigencias que las asociaciones civiles existentes hoy en el CCyC.
Gerardo Acosta Pérez, nos muestra el modelo de SAD, de Francia, entendiendo que se acerca más a la idiosincrasia de nuestros países, por cuanto preserva la idea de una Asociación Civil soporte, que sería la que se asocia con una sociedad comercial a efectos de participar como SAD en las competencias deportivas.

Surge también de la publicación, que una figura similar es la más utilizada en el Uruguay, donde no han existido transformaciones de clubes asociaciones civiles en SAD, sino alianzas o contratos entre las asociaciones civiles y algunas sociedades comerciales, a efectos de constituir una nueva persona jurídica que preserva los derechos del club asociación civil.
Algo parecido ocurre en Brasil, donde esta figura también está disponible. Agustín Salomón, hace una análisis de las circunstancias judiciales atento las presentaciones de recursos de amparo existentes, y cuyo trámite continúa en la actualidad, donde seguramente serán resueltos por la Suprema Corte de Justicia.
Mientras que Juan Chiaraviglio, detalla cuáles son los riesgos a nivel federativo si el gobierno le impone, como pretende, cambios estatutarios de manera forzada a la Asociación del Fútbol Argentino. Hay normas específicas que el estatuto de FIFA, tiene en tal sentido. Lo mismo ocurre con el Comité Olímpico Internacional, y con cada Federación Nacional, resguardando su autonomía.
El libro, como síntesis, no toma partido por una postura determinada, salvo en la necesidad de contar con una regulación específica que evite saltos al vacío como hasta aquí ha pretendido el gobierno en este debate.
Iparraguirre, en su artículo, toma una postura a favor de las asociaciones civiles, pero admitiendo la necesidad de un debate sin posturas dogmáticas, y arriesga algunos puntos que deberían respetarse, para el caso de habilitarse la posibilidad de las SAD.
Debería crearse una sociedad comercial específica para el objeto deportivo; es decir, que siempre tenga una asociación civil como soporte, debiendo los socios aprobar con una mayoría agravada la posibilidad de acordar condiciones con la sociedad comercial.
No se podrán ceder inmuebles ni aquellos beneficios por su condición de asociaciones civiles y formadores, los que quedarían reconocidos de su titularidad, como por ejemplo, los derechos de formación.
La regulación deberá también evitar la multipropiedad y el consiguiente conflicto de intereses, como también evitar que un posible quebranto arrastre a la asociación civil, que continuará bajo el imperio de la ley 25284.
El presidente del Colegio, el Dr. Andrés Abramovich, destacó lo importante de presentar una obra colectiva, en momentos de tanto individualismo. Y el presidente de la Comisión de Jóvenes abogados, Matías Farneda, destacó la oportunidad que, en el libro y en la presentación, se les daba a jóvenes profesionales.
Tampoco pasó desapercibido que Martín Vega, uno de los compiladores, es miembro de esa Comisión de jóvenes.
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