El represor Héctor Febres fue asesinado para garantizar su silencio en torno a los crímenes de la ultima dictadura, sostuvo la jueza federal de San Isidro, Sandra Arroyo Salgado, al responsabilizar directamente a los dos prefectos que quedaron detenidos de haber prestado una colaboración "activa y deliberadamente orquestada" para matarlo con una pastilla de cianuro.
En una resolución a la que accedió DyN consta que los procesados Ángel Volpi, un custodio permanente de Febres; y Rubén Iglesias, el jefe del Destacamento Delta buscaban, al violar las condiciones de detención, tener "satisfecho y contenido" a Febres para "hacerlo sentir parte de la Prefectura, dándole los privilegios
necesarios que evitaran que ‘traicionara’ el pacto d silencio con los
responsables de los delitos cometidos en la ESMA".
Es que los más íntimos de Febres sabían que "su gran malestar era con la Armada porque lo dejo solo", y "lo entregó a la justicia" y tanto Volpi como Iglesias se habían encargado de "monitorear" el estado de ánimo del detenido y su predisposición a hablar ante los juicios en su contra.
Precisamente, quedó acreditado que, sin que quedara ningún registro, a Febres lo visitó al menos en una oportunidad un hombre que tenía aspecto de "policía o militar" que había visitado a Febres para intimidarlo con el objeto de que "guardara silencio respecto de aquella información sensible que fuera de su
conocimiento".
Con este y otros argumentos, la jueza decidió sobre el filo de esta madrugada el procesamiento de Volpi e Iglesias partícipes necesarios en el homicidio triplemente agravado de Febres y autores de abuso de autoridad, tras lo cual les fijo sendos embargos de cinco millones de pesos.
También resolvió dejar en libertad a los hijos de Febres, Ariel y Marcela; y a su viuda, Stella Daris Guevara, aunque quedaron procesados por encubrimiento por agravado y embargados con tres millones de pesos cada uno.
En la primera parte del extenso fallo al que tuvo acceso DyN, la jueza Arroyo Salgado dio cuenta de las circunstancias en cómo la supuesta muerte natural de Febres en su lugar de detención se convirtió en realidad en un homicidio que dejó al descubierto las insólitas condiciones de arresto que cumplía Febres en el Destacamento Delta de Prefectura.
"La ingesta del tóxico que produjo la muerte por envenenamiento de Héctor Antonio Febres no fue querida por el nombrado, es decir que no obedeció a un acto conciente de su parte. Con ello debe descartarse de plano el suicidio", dejó asentado la jueza.
Según la causa, aunque frente a sus familiares intentaba disimular, Febres estaba "inestable emocionalmente" por las causas que tenía en su contra, estaba seriamente "angustiado" frente al veredicto en su contra y le preocupaba gravemente ser trasladado a la cárcel de Marcos Paz.
Pero más allá de esa circunstancia y el decaimiento que le generó el embargo de una caja de ahorro y el futuro económico de su esposa, la jueza sostuvo que "no estaba instalado en el ánimo de Febres la idea de considerar el suicidio", no sólo por su personalidad sino por su formación castrense.
Además, resalta el fallo, "nada da cabal repuesta en la hipótesis del suicidio al interrogante del medio empleado para ocasionar la muerte" cuando el prefecto no necesitaba cianuro sino que se hubiera podido provocar una sobredosis que le provocara un shock hipoglucemico, sin padecer la dolorosa muerte que genera el cianuro.
En base a las pruebas y testimonios obrantes en la investigación, la jueza dio por acreditado que Volpi e Iglesias "han tenido una activa participación en el concurso premeditadamente orquestado con el objeto de provocar ese resultado de muerte mediante el uso de veneno".
Aunque por ahora no pudo establecer quién fue el autor material, el fallo sostiene que "tanto Volpi como Iglesias han realizado un aporte tal, dentro del quehacer criminal que concluyó con la vida de Héctor Febres, sin el cual dicha faena no se hubiera podido consumar".
"Si bien el conjunto de irregularidad evidenciadas en torno de la forma y condiciones bajo las que Héctor Antonio Febres venía cumpliendo prisión preventiva en el edificio de Prefectura zona Delta crearon un ámbito de inseguridad por demás propicio y funcional al desenlace fatal producido, existen plurales elementos de juicio que analizados en forma concatenada e integral me permiten afirmar que medio el obrar de Volpi e Iglesias un aporte activo y
deliberadamente orquestado al plan criminal".
A las dificultades planteadas en una investigación por "muerte en custodia", dijo la jueza, "nos encontramos con las insólitas irregularidades derivadas de una guardia y custodia harto inusual que ha puesto en extrema vulnerabilidad al detenido Febres".
Además de usar esta vulnerabilidad, la jueza entendió que "tanto Volpi como Iglesias sacaron provecho" del "quiebre emocional" por el que estaba atravesando Febres, "monitoreando" cuán "dispuesto pudiera estar a romper con el silencio que venía guardando".
En ese sentido, Volpi funcionó "desde el lugar de aquella mirada que debía ver sin ser vista, controlando los movimiento que se suscitaban en derredor de la futura victima, valiéndose para ello de la confianza que este le tenía", afirmó.




