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12.703. Prohíbe la captura de toda especie de peces de río durante los meses de noviembre, diciembre y enero de cada año. Comenzó a regir el 1º de enero de 2007. De la ley de veda, está exceptuada la pesca de subsistencia realizada por medio de tanza con anzuelo (de tipo artesanal), no mediante redes.

12.212. Promulgada en enero de 2004. Regula la captura, cría y/o cultivo de los recursos pesqueros; la investigación y capacitación; la comercialización e industrialización; la fiscalización de la producción pesquera en sus etapas de captura, recolección, desembarco, transporte, elaboración, depósito y comercio; y el registro de embarcaciones, transportes terrestres, establecimientos, productos, subproductos y derivados de la pesca, dentro de la jurisdicción de la Provincia de Santa Fe.

El Art. 8vo. de la ley antes mencionada dice: “En el caso de la pesca comercial, se debe establecer un cupo máximo de captura por pescador, por año y por especie”. Ésa es la herramienta legal a la que recurrió el Ministerio de la Producción para otorgar volúmenes de captura a una organización de pescadores del sur santafesino.

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