Un joven que hacía dos meses había obtenido la libertad condicional y robó, junto a un cómplice, un comercio de esta capital armado con un revólver "de cebitas", deberá pasar los próximos ocho años en prisión, informaron hoy fuentes judiciales.
El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 9 porteño condenó hoy a Maximiliano David Duero a tres años de prisión por el asalto al comercio, pena que se unificó con una anterior de cinco.
Según las fuentes consultadas, el TOC N° 9 también condenó por el mismo robo a Carlos Gastón Ludueña, el cómplice de Duero, a tres años de prisión.
La sentencia, a la que Télam tuvo acceso, se conoció esta mañana en la última jornada del juicio oral al que Duero y Ludueña, ambos de 23 años, fueron sometidos por un hecho ocurrido la tarde del 10 de enero de 2006 en un comercio situado en Piedras 452, en el barrio porteño de San Telmo.
En aquella ocasión, los dos jóvenes arribaron al local a bordo de una motocicleta de pequeña cilindrada y con "lo que parecía ser un arma de fuego" intimidaron a la cajera y se apoderaron de 480 pesos en efectivo.
Ante los gritos de auxilio del propietario del local, los asaltantes intentaron escapar pero fueron detenidos en las inmediaciones por efectivos de la Policía Federal que los perseguían.
En el debate, los camaristas Luis García, Fernando Ramírez y Luis Cabral (actual miembro del Consejo de la Magistratura en representación de los jueces) escucharon una decena de testimonios y la acusación que estuvo a cargo de la fiscal Ana Alicia Bensousan, antes de dar a conocer su veredicto condenatorio.
Los imputados, asistidos por el defensor oficial Claudio Armando, se negaron a ser indagados, por lo que al debate se incorporaron por lectura sus testimonios de primera instancia.
En esas declaraciones, los acusados rechazaron las imputaciones y argumentaron sendas coartadas que los jueces "descartaron por mendaces".
En el fallo, el tribunal reconoció que las pruebas "consideradas aisladamente no podrían llevar a una conclusión certera, pero en su conjunto no podrían llevar a otra convicción" que la culpabilidad.
Al momento de graduar la pena, los jueces tuvieron en cuenta que hubo "empleo de violencia física", que Ludueña realizó "un aporte menor con relación al que hizo Duero", quien portaba el revólver de utilería y amenazó a la cajera, aunque no establecieron diferencias entre ambos y los condenaron a tres años de prisión.
Sin embargo, la condena a Ludueña quedó en suspenso ya que los jueces consideraron atenuantes como el no registro de penas anteriores y que imponerle un encierro efectivo "implicaría introducirlo en un medio carcelario entre adultos, sobre el que no tiene experiencia y del que sólo cabría esperar efectos sin beneficio aparente".




