La justicia condenó hoy a 15 años de prisión a un empresario que mató con su escopeta a un chico de 14 años, en La Matanza, en el primer fallo referido a los hechos ocurridos durante el estallido social del 19 y 20 de diciembre de 2001, que precedió a la renuncia de Fernando de la Rúa.
La sentencia descartó expresamente que tanto ese hecho como la muerte de otro vecino hubieran sido actos de "legítima defensa" de los imputados por cuando las víctimas "ni saqueban ni apoyaban a los saqueadores" y hubo, además, una de "escandalosa desproporción" entre la amenaza invocada y el reacción de los agresores.
El veredicto lo dio el Tribunal Criminal 3 de La Matanza contra Luis Mazzi por el "homicidio simple" del adolescente Damián Ramírez y lesiones a otra persona durante incidentes en los que también resultó muerto Ariel Salas, de 31 años.
Por este último crimen, calificado de "homicidio en riña", el tribunal condenó a seis años al custodio privado Bernardo Alonso Joulié, un ex prefecto que disparó con su arma de puño contra la multitud, mientras que exculpó al comerciante César Maguicha.
Mazzi, que pasó buena parte de los cinco años que duró el proceso en libertad, podría recuperar la libertad dentro de otros cinco años, cálculo que desató la ira de la familia tras la lectura del fallo.
Integrantes y abogados de la agrupación Madres de La Matanza, que agrupa a familiares de distintos hechos de violencia de la zona, dijeron que buscarán apelar la "levedad" de la condena, que se ubica a la mitad de las escala pena de entre 8 y 25 años de cárcel para este tipo de delito.
Para el vigilador Joulié se podría traducir en su libertad inmediata dado que ya cumplió 5 de los 6 años de condena.
Los hechos juzgados ocurrieron el 19 de diciembre de 2001, horas después de que el entonces presidente Fernando de la Rúa decretara el estado de sitio para enfrentar la ola de protestas derivadas del bloqueo de los depósitos bancarios conocida como "el "corralito".
Durante el estallido, en el que murieron 35 personas, y concluyó con la renuncia y huída de De la Rúa de la Casa de Gobierno, hubo manifestaciones y saqueos en Capital, Rosario y diversas zonas del conurbano con un alto saldo de víctimas por la represión policial pero también por la reacción de particulares armados.
El fallo aludió expresamente a esa circunstancias excepcionales que fueron invocadas por la defensa en todo momento para justificar la actitud de los imputados dada la ausencia de policía durante saqueos en una zona comercial sobre la avenida Cristianía, en el límite entre Ciudad Evita y Laferrere.
Allí, Mazzi alquilaba ocho locales y el ex prefecto Joulié se desempeñaba como custodio, mientras que Maguicha explotaba uno de los comercios.
El tribunal descartó en su sentencia los argumentos de las defensas en el sentido que se trató de hechos de legítima defensa y en un pormenorizado desglose destacó que hubo una "escandalosa desproporción" entre la agresión invocada y la respuesta.
"El único frente de fuego partió de los imputados", destacó la sentencia que también dio por probado que ninguna de las dos víctimas fatales participaban en saqueos sino que se encontraban circunstancialmente en el lugar, observando la situación.
También destacó que en ningún momento pudo acreditarse que el chico Ramírez, vecino del lugar, ni Salas, quien acababa de descender de un colectivo, portaran "armas, piedras o palos", mientras que el primero se alejaba del lugar y mal podía esta cascoteando a los comerciantes armados cuando recibió un balazo detrás de oreja.
En otro párrafo de las consideraciones referida al estallido, el tribunal aludió a los "cacerolazos" en los sectores medios y en los saqueos en las zonas periféricas como "reacción directa contra los ricos".
Citó en ese sentido al prestigioso historiador inglés Eric Hobsbawn para quien se trata el proceder de estas "turbas" son "manifestaciones de la ira popular" y en ese marco deben ser consideradas.
Un caso similar al asesinato en Santa Fe
El caso del menor asesinado por el que la justicia condenó al empresario es similar a la única muerte ocurrida en nuestra ciudad aquel 19 de diciembre de 2001.
En el caso local, el supermercadista Víctor Clemente, propietario de un local ubicado en la zona norte de la ciudad, una cuadra al Este de de Blas Parera al 10.000, mató de un escopetazo al menor Miguel Pacini, de 15 años, quien vivía junto a su familia en el barrio Cabaña Leiva (detrás del campo de deportes de La Salle) y se encontraba ese día junto a un grupo de personas en las adyacencias del supermercado Bienestar reclamando alimentos.
En un primer momento, el juez Rubén Saurín dictó la falta de mérito para Clemente pero el fiscal de la causa apeló la resolución y el tribunal de alzada la revocó. Después de realizar nuevas actuaciones -entre ellas la reconstrucción del homicidio-, el magistrado procesó a Clemente por el cargo de homicidio en exceso en legítima defensa, con una pena que lo eximió de ir a prisión.
Además, según el abogado de la familia Pacini, luego Clemente se declaró insolvente y "no se cobró un peso".




