La norma sancionada por la Legislatura implica varios cambios en el sistema tributaria, todos sujetos hoy a la posibilidad de veto del Ejecutivo. Un resumen de lo aprobado es lo siguiente:
* Ingresos Brutos: No fue aceptada la aplicación al sector industrial y al de la construcción, cuando no realicen venta directa al público, siempre y cuando se trate de empresas radicadas en la Provincia de Santa Fe, gravándose a la empresa foráneas a la alícuota general (3,5%).
* Se mantiene la deducción del derecho de Registro e Inspección Municipal en Ingresos Brutos, no aceptando la eliminación propuesta por el Poder Ejecutivo.
* Patente única sobre vehículos: dispone un incremento del 20% para los vehículos modelos 2009 y anteriores, y los modelos 2010 pagarán hasta un 20% más que sus homólogos modelo 2009. Dichos valores se podrán incrementar o disminuir hasta un 10% por decisión de los municipios o comunas conforme la autorización que le concede la ley 12306.
* Impuesto Inmobiliario: tanto el Urbano, Sub Urbano y Rural se incrementan hasta en una 200%, sin modificar las valuaciones vigentes, de modo que sean tenidas en cuenta solo para la aplicación de este impuesto y no para otros tributos como por ejemplo Bienes Personales.
* Módulo tributario: se establece su valor en $ 0,10. El mensaje del Poder Ejecutivo lo preveía en $ 0,30.
* Moratoria: es para deudas de hasta 5.000.000 de pesos, vencidas hasta el 30 de octubre de 2009 para todos los tributos provinciales con plazo de adhesión hasta el 28 de febrero aunque con la posibilidad de una prórroga de 30 días.




